Raúl Jiménez Vázquez

Hace unos días, miembros de la fracción parlamentaria del PAN en el Senado de la República presentaron una iniciativa de reforma al párrafo cuarto del artículo 28 constitucional, con la que se pretende que el área estratégica de los hidrocarburos sea circunscrita a los trabajos de exploración y extracción del crudo; contexto bajo el cual automáticamente quedarían fuera del control directo del Estado, y a la disposición de los inversionistas privados, todos los demás eslabones de la cadena de la industria petrolera nacionalizada.

No es, empero, una cuestión novedosa. Dentro de la iniciativa calderonista para la llamada reforma energética figuraban diversas disposiciones aisladas que, vistas de conjunto, propendían a esa misma meta privatizadora. Dado que ese apartado específico de la propuesta presidencial fue rechazado, resulta irrebatible  que se trata de un refrito sobre el que ya gravita una suerte de cosa juzgada en el ámbito de lo parlamentario, por lo que adolece de la falta del requisito sine qua non de la pertinencia y  legitimidad política.

Haciendo a un lado tal circunstancia, hay que subrayar que se trata de un proyecto totalmente regresivo. A través suyo, ni más ni menos, se intenta revertir los alcances jurídicos, políticos e industriales de la epopeya de la nacionalización petrolera. Sus autores, sin embargo, opinan lo contrario, pues aducen que la propuesta tiende a recuperar el espíritu cardenista y que para eso es menester clarificar los alcances constitucionales de la exclusividad de la nación en materia de hidrocarburos.

El núcleo de su argumentación consiste en que el presidente Cárdenas jamás tuvo en mente crear un monopolio estatal, sino que su propósito fue la conformación de una industria petrolera de carácter mixto, donde el Estado asumiría solamente el control de la producción primaria. Tal apreciación es fruto de una ignorancia supina. Así se colige de la cita puntual del informe presidencial rendido a la nación el 1º de septiembre de 1938: “Y para evitar en lo posible que México se pueda ver en el futuro con problemas provocados por intereses particulares extraños a las necesidades interiores del país, se pondrá a la consideración de Vuestra Soberanía que no vuelvan a darse concesiones del subsuelo en lo que se refiere al petróleo y que sea el Estado el que tenga el control absoluto de la explotación petrolífera.”
Consecuente con ese anuncio político, el 22 de diciembre de 1938 el Ejecutivo Federal promovió la reforma al párrafo sexto del artículo 27 constitucional, ratificándose expresamente en la exposición de motivos el principio de la explotación integral de los recursos petroleros por parte de la nación. Este, a su vez, fue refrendado en sus términos en la iniciativa de la reforma de 1960 al párrafo sexto del artículo 27 constitucional y en la iniciativa de la reforma de 1983 al artículo 28 constitucional.

Ciertamente, en la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en materia de Petróleo expedida el 9 de noviembre de 1940 se consignaron algunas disposiciones favorecedoras de la inversión privada. Ello se explica a partir del contexto de presiones y amenazas directas esgrimidas por las empresas expropiadas y sus gobiernos, y de las carencias técnicas y económicas propias de una naciente industria petrolera nacionalizada. Dichas prebendas no fueron materializadas, entre otras razones, porque este instrumento legislativo nunca fue objeto de aplicación alguna. Así, una  vez superadas esas adversidades, al promulgarse la vigente Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo se maximizó el principio de la explotación directa e integral a cargo del Estado.

La propuesta se nutre de una interpretación sui generis del artículo 27 constitucional, según la cual la exclusividad del Estado está referida únicamente a la fase de la explotación, es decir, a la exploración y extracción del petróleo. Además de su rotunda contradicción con el mensaje cardenista, la tesis  acusa una incongruencia manifiesta. Asumiendo esa lógica, en 1938 se habría expropiado el conjunto de la industria petrolera en manos de los particulares, pero cuando la nacionalización de los hidrocarburos fue elevada a rango constitucional, extraña e inconcebiblemente, sólo se habría atribuido a la nación la potestad de desarrollar la fase de la producción primaria, renunciando a la posibilidad de hacerse cargo del resto de los eslabones industriales, no obstante que toda la cadena productiva ya  estaba en poder del Estado. Tal disonancia tiene el cariz de un verdadero disparate jurídico.

Por tanto, la interpretación de los senadores del blanquiazul no es plausible. Milita en contra de la verdad histórica de los hechos y evidencia una extrema pobreza argumentativa. Más aún, carece respaldo doctrinario en virtud de que ningún tratado de derecho constitucional mexicano contiene un pronunciamiento exegético en ese sentido. En suma, es una mera pirotecnia verbal con la que se nos quiere hacer  creer que el artículo 27 constitucional no dice lo que los mexicanos siempre hemos creído que dice: que el petróleo es propiedad de la nación y que sólo a ella le compete la prerrogativa de su explotación y usufructo integral en forma de una industria petrolera nacionalizada que abarca desde el pozo hasta la estación de gasolina.

Si esa afrenta a la razón y a la memoria histórica llegase a prosperar, se consumaría en plenitud el despojo de nuestro patrimonio energético y asimismo se cancelaría el derecho de las presentes y futuras generaciones a aspirar a una vida digna.

Por un lado, vía los contratos integrales, se cedería la exploración y explotación de los hidrocarburos. Por el otro, con esta reforma, cual si fuese un generoso pilón petrolero,  se les entregaría la refinación, la petroquímica básica, el transporte, el almacenamiento, la distribución y la venta de primera mano del crudo y sus derivados.

Ante tan descabellada pretensión, es preciso traer al presente las recias palabras vertidas por Adolfo López Mateos en un discurso de campaña pronunciado el 17 de noviembre de 1957: “En el petróleo nacionalizado ni un paso atrás. Es conquista de la Revolución orientada hacia nuestra independencia económica, nuestra riqueza petrolera es parte del patrimonio nacional y no puede tocarse sino para bien de México”.

También es conveniente recordar lo dicho por Jesús Reyes Heroles en una ceremonia realizada el 18 de marzo de 1970: “Ningún disimulo, ninguna simulación jurídica, ninguna interpretación dudosa de la ley, sino su cumplimiento claro y cabal, que siente las bases para que la política petrolera de México tenga un futuro siempre a la altura de las luchas que el pueblo de México llevó a cabo al consumarse la expropiación petrolera.”