Antes habría que reformar la Constitución

Por Alfredo Ríos Camarena

El concepto de la soberanía popular que confronta a la soberanía emanada del derecho divino y propia de los monarcas, es una vieja categoría que se desarrolló en el parlamentarismo inglés, cuyos orígenes se remontan a Oliver Cromwell y a la polémica entre la representación popular y el poder absoluto de la monarquía; en la evolución de esta forma política nació el sistema parlamentario, propio del continente europeo.

El sistema presidencial surge en América con la Constitución de Filadelfia y con el federalismo, y tiene una connotación política distinta, donde el poder no se bifurca entre un jefe de gobierno y un jefe de Estado, ni tampoco el gobierno surge del Congreso; la característica esencial de este sistema, entre otras, es la facultad del jefe del Ejecutivo de nombrar y remover libremente a sus colaboradores; es decir, la responsabilidad plena del ejercicio del poder corresponde al Presidente de la República, esta fórmula que recoge el Constituyente mexicano desde 1824 hasta la fecha, ha tenido deficiencias y fallas, pero podríamos afirmar que históricamente corresponde al desarrollo de las fuerzas sociales en  nuestro país.

Recientemente se ha venido discutiendo una posible reforma política, que tiene que ver con la formación de un gobierno de coalición, es una propuesta no menor, es un tema que atravesaría transversalmente a todo el sistema político mexicano y, tendría necesariamente que cambiar la Constitución y la forma de gobierno presidencial; pues no se podrá formar un gobierno de coalición, sin afectar la facultad del presidente en turno, de nombrar y remover libremente a sus secretarios de Estado, tendrá que dársele al Congreso la facultad de refrendo respecto de dichos secretarios, facultad que sí puede coexistir con el régimen presidencial, es el caso de los Estados Unidos de Norteamérica; sin embargo, la formación de un gobierno de coalición en el régimen actual sería imposible, pues implicaría la obligación del presidente de integrar a secretarios en su gabinete que no pudiera relevar; recordemos el caso del presidente Zedillo quien nombró al procurador Lozano Gracia con aprobación del Senado, pero poco después lo sustituyó.

Un gobierno de coalición sólo puede existir en un sistema parlamentario o semiparlamentario, este último sistema —aunque se ha implantado en diversos países— sólo ha funcionado adecuadamente en la Quinta República Francesa, gracias a que en su inicio se le dieron facultades metaconstitucionales al general Charles de Gaulle, por su indudable liderazgo político.

Por lo anterior, considero que es muy difícil que —faltando menos de un año para la elección federal y abierto el proceso político para esos comicios— se pueda transitar con éxito una medida tan profunda como la propuesta.
Vale la pena examinar la posibilidad de un nuevo régimen político distinto, pero para ello, debe tomarse en cuenta la opinión de los tres poderes de la Unión, de los gobiernos y Congresos estatales; esto, para madurarse, requiere un clima de tranquilidad política y de un tiempo suficiente para ser evaluado por la sociedad.

El camino hacia un régimen político parlamentario tiene luces y sombras, puede resultar atractivo si esto conlleva una reforma de los partidos políticos, una reforma de la integración de los poderes, una revisión del sistema democrático, y desde luego, una concepción de la distribución de la riqueza más equitativa, lo que nos lleva inexorablemente a una meta que no hemos logrado, y que consiste en realizar una verdadera reforma fiscal.

Bienvenidas las reformas de fondo, pero no a pedacitos a ni retazos, sino con una concepción de Estado que merece el destino nacional.