Guillermo Samperio
El Senado de la República no ha dictaminado las minutas que turnó la Cámara de Diputados el día 7 de abril de 2011, en el sentido de exentar del Impuesto Sobre la Renta, hasta por 25 salarios mínimos a los pensionados, así como la del día 6 de septiembre de 2011, en la cual, se da certidumbre jurídica a los pensionados topando a veinticinco salarios mínimos de las pensiones que paga el imss.
Como ustedes recordarán, el año pasado fue muy publicitado en medios la Jurisprudencia de Contradicción de Tesis de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con la cual, se pretendía tomar el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización al imss; base para cuantificar las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, con un tope de 10 salarios mínimos, es decir, la intención era bajar dicho tope de 25 salarios mínimos a 10 salarios mínimos. Fue tanta presión en medios, que el propio director del imss declaró que la mencionada Jurisprudencia, no sería aplicada por el imss, para no afectar a los pensionados y próximos a pensionarse y se seguirían calculando dichas pensiones con base al límite de 25 salarios mínimos, el mismo presidente de la República el C. Felipe Calderón Hinojosa mencionó en su twitter.
¿Cómo es posible, que temas tan sensibles como la seguridad social, no sean de prioridad para el Senado de la República?
Por otro lado, el imss de manera reciente inició con la retención del Impuesto Sobre la Renta a los pensionados, por lo cual, la reacción de la sociedad a través de sus representantes fue inmediata, ya que se presentaron doce iniciativas, dieciocho acuerdos de los Congresos de diversos Estados de la República, una proposición con punto de acuerdo, memorial de particular y diez excitativas a la Cámara de Diputados, para que se dictaminara la exención de hasta 25 salarios mínimos del Impuesto Sobre la Renta a las pensiones de los jubilados. El dictamen fue aprobado en la Cámara de Diputados y publicado en la Gaceta de dicha Cámara el 6 de abril de 2011 y turnado al Senado, cuya minuta la recibieron el 7 de abril del año en curso. No obstante, los exhortos que han hecho algunos diputados al Senado para que dictaminen el proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para exentar de dicho impuesto a los jubilados, el Senado no ha tomado en cuenta el reclamo popular.
Por lo visto tiene más efecto que las masas se manifiesten en medios de comunicación, que sigan todo un procedimiento burocrático y tortuoso para tener la debida seguridad jurídica de las clases más vulnerables y necesitadas, como lo son nuestros jubilados, la Cámara de Diputados ya hizo la tarea y seguramente de no aprobarse los dictámenes en el Senado, ya referidos, en el futuro algún funcionario público podrá revivir la Jurisprudencia señalada anteriormente y bajar las pensiones de 25 salarios mínimos a 10 salarios mínimos, la presión va ser igual o mayor, tanto, que el presidente en turno va dar marcha atrás mediante su twitter, y después, el director general del imss declarará que el monto para calcular las pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 salarios mínimos. ¿Se repetirá la historia?