Siendo un artículo tan importante que tiene que ver con la conciencia, con las creencias de los individuos, debiera de ser un debate amplio donde se invitara a todos los actores, lo cual lamentablemente no sucedió y fue un procedimiento ¾según se ha filtrado en medios de comunicación¾ sui generis, que viola todo tipo de procedimientos en la comunicación, cuando se subió al pleno y se ignoró el reglamento que debió haberse respetado.
Hubo, parece ser, acuerdos de conveniencia y nos parece que algo tan importante como nuestras libertades no deben de ser negociadas, ni sujetas a un acuerdo de cúpulas.
Una vez que se dio la discusión y se votó de esa manera, investigamos cuál sería la verdadera intención de hacer un procedimiento tan rápido, ignorando el procedimiento y sin abrirse a discusión amplia, revisamos la gaceta parlamentaria, la página electrónica en la votación del día, y nos topamos con el proyecto de decreto para la reforma del 24 constitucional…
Trasfondo de la reforma
Encontramos la intención del grupo que propone y que la signan ¾los nombres de los diputados aparecen en la página¾ y nos manifiestan la intención, porque este proyecto de decreto fue aprobado en la comisión de Puntos Constitucionales con 16 votos a favor de fracciones parlamentarias del PRI y del PAN y reflejan la intención. Lo voy a leer…“con estas premisas, es posible entender la necesidad de revisar el artículo 24 de la Constitución para que de manera explícita se reconozca el derecho a la libertad religiosa”.
Si la intención del grupo proponente es que un término tan noble ¾expresamente reconocido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público¾ como el de libertad religiosa quede plasmado como un derecho humano fundamental, nos preguntamos, ¿ésa es la verdadera intención?
Sigo leyendo… “es posible entender la necesidad de revisar el artículo 24 constitucional para que de manera explícita se reconozca el derecho a la libertad religiosa”, ¿sólo eso?, no, señalan “…a la luz de él se requerirá tanto la revisión de los artículos 3, 5, 27 y 130 de la Constitución”.
Es en estos artículos donde se delinea el perfil y el carácter de la laicidad del Estado mexicano, luego entonces la intención de esta reforma es que esto no se conociera, que no fuera expresamente manifestada a todos los sectores sociales. Que la votación se diera de la manera en que se dio y la intención es, y sigo leyendo “… sin embargo, por el momento sólo existen condiciones para concretar la reforma al artículo 24 constitucional”.
La intención es plasmar en el artículo 24 el término de libertad religiosa para que desde éste, haciendo una visión parcial, manipulada, cuando llegue el momento y existan las condiciones hacer la revisión de los otros artículos: el 3 y plantear: educación religiosa en los planteles públicos y ¿luego qué?, propiedad de medios masivos de comunicación. Posteriormente la posibilidad de que los ministros de culto participen activamente en política.
Es decir, el proyecto real de la reforma según manifiestan en el proyecto de decreto que existe en la gaceta parlamentaria, no es otra que el desmantelamiento del Estado laico y naturalmente estamos en contra de que eso suceda, porque éste constituye el piso firme que garantiza todas las libertades.
Aclaro, estamos de acuerdo con la libertad religiosa, sí, pero en el marco de un Estado laico. No estamos conformes con una libertad religiosa que ignora el Estado laico, una libertad religiosa que para existir cancela otras libertades. Hay partes que quisiera resaltar, cuando se habla de la libertad de difusión de los credos, ideas u opciones religiosas, dice “…la comunicación de las convicciones religiosas puede asumir formas diversas, en términos generales, régimen jurídico de este derecho en las constituciones se ajusta a las reglas comunes sobre la libertad de expresión, en consecuencia este derecho debe ejercerse sin restricciones o censuras previas”. Es decir, debe de ser amplísimo, ¿para qué?, para que se puedan poseer medios masivos de comunicación, y si nos vamos, por ejemplo, en el caso de la educación religiosa también hay formas para el derecho a la formación religiosa de los miembros de una Iglesia o grupo religioso, es el derecho a educar religiosamente, ya sea en reuniones o ceremonias, en centros especializados, a los miembros de una determinada confesión religiosa.
¿Será solamente lo que se pretende dar en los espacios de culto o quizás también turnarlo a las escuelas públicas?, es a lo que se refiere el artículo tercero de la constitución.
Llama la atención que se den estas reformas cuando se avecina la visita del papa Benedicto a México y cuando el país tiene tantos problemas como la violencia y una paz sujeta con alfileres
Soy mexicano y las personas que nos leen saben que tenemos necesidades muy importantes en el país, tenemos un problema de seguridad pública severo, lo vemos todos los días en los medios de comunicación. Tenemos un problema de inequidad, muy grande, que genera condiciones de pobreza extremas; México tiene requerimientos muy importantes y precisos.
La pregunta es: ¿será realmente conveniente que todo eso quede desplazado de la discusión legislativa para que en este momento se reforme el artículo 24 de la Constitución?, es decir, ¿necesitamos en este momento que vive el país garantizar expresamente la libertad religiosa?, ¿es la prioridad nacional de todos los mexicanos?, cuando ya está debidamente reglamentado y el derecho está consignado en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que es el contenido en la Constitución que se refiere a la cuestión de la religión y de las creencias.
¿Será realmente tan importante? O surge la duda que usted plantea o será solamente que es en la próxima visita que viene el dirigente de la Iglesia católica para presentarle un regalo. Creo que esa reflexión debemos de hacer y el Senado de la República tiene la voz en ese sentido.
No somos los únicos inconformes, hay una serie de intelectuales, de líderes de opinión, de escritores que en el mismo sentido consideran que es una reforma no oportuna, que no es clara en cuanto a sus intenciones y no debe de darse de esta manera.
Existen muchos otros pendientes en el país y sobre todo, creo que hay conciencia. Ojalá y la haya realmente porque el México que llegamos a ser con todas nuestras limitaciones y pendientes ha costado mucho. Hay que recordar que tenemos una avenida que se llama Paseo de la Reforma, con una intención: recordar a todos los mexicanos que fue necesario una guerra para quitarle a un grupo que detentaba el poder y competía con el Estado, no a favor de las mejores causas de los mexicanos, no, en contra de éstas, que son las libertades.
Fue necesaria una guerra, un movimiento intelectual, un proceso legislativo que concluyó en una etapa del país que le dio forma a México, por eso es que la ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público en su primer artículo dice algo que es verdad, no hay ninguna intención de hacerle daño a nadie, es reflejar lo que ha pasado, el principio histórico de la separación Estado-Iglesias.
Que México sea laico obedece a un principio histórico, el que tengamos los artículos 3, el 24, el 27 y el 130, como están consignados, no obedece a una situación de casualidad, sino es el resultado de conquistas, de luchas, sangre.
Nos ha costado mucho a los mexicanos llegar a la posibilidad de tener nuestro propio certificado de nacimiento sin que lo consigne una asociación religiosa; tener nuestro propio certificado de matrimonio sin que esté supeditado a los cánones de una asociación religiosa. Vivir en algún lugar, en alguna tierra, con el derecho a nuestra propiedad, sin pagar rentas por ello.
Las leyes de Reforma tienen mucho que ver con el resultado de nuestro país, posibilitaron la creación del Estado laico mexicano y éste es el piso firme que garantiza la libertad no solamente para los creyentes en el ejercicio de su libertad, también para aquéllos que optan voluntariamente por no creer, porque así conviene en el ejercicio de su libertad, a sus expectativas.
Lo que garantiza la libertad de unos y de otros es el estado laico; como religiosos, reitero, estamos de acuerdo con la libertad religiosa, por supuesto que sí, pero siempre en el marco del Estado laico.
Derechos humanos
El Estado laico garantiza libertades, la ausencia del Estado laico necesariamente atenta contra las libertades. Pensar que debilitar un Estado laico amplía libertades, no es cierto. En la actualidad en nuestro país y en el mundo, se habla mucho de derechos humanos, de derechos fundamentales, pareciera ser ahora en el discurso de algunos actores sociales que los grupos de poder siempre han reconocido los derechos humanos.
Lo que hoy conocemos como derechos humanos o derechos fundamentales han sido conquistas de las minorías. Sí, las mayorías nunca le han dado a las minorías derechos, no, eso no es cierto, las mayorías siempre han supeditado a las minorías. Les han cancelado todos los derechos que han podido, el derecho de una forma de expresión conveniente a su etnia cultural; el derecho a una religión; el derecho a vivir como a ellos convenga; el derecho a tener el nombre que ellos quieran tener.
Poco a poco, las minorías han ido logrando conquistar derechos, a la vida, a la religión; derecho al trabajo, a la educación, a vivir de una manera digna, son conquistas de las minorías a las mayorías. Haciendo ahora una perversión, creo yo, de esas situaciones, se llega a decir: es que las mayorías lo pueden todo en la democracia.
No, en democracia hay algo que las mayorías no pueden hacer, ¿qué no pueden hacer los más contra los menos?, no pueden aniquilarlos, ni extinguirlos, la democracia tiene un límite y ese límite son los derechos humanos.
Las mayorías pueden todo, sí, pero siempre reconociendo a las minorías. La doctrina jurídica que norma ese marco, que ahora parecerá tan auténtico, tan genuino, no siempre ha estado ahí. La doctrina jurídica que garantiza esos marcos, esas difíciles relaciones entre los más y los menos, entre los que creen y los que no creen, entre los que creen de esta manera y los que creen de aquella otra.
La doctrina jurídica que garantiza eso es la laicidad, y la forma de Estado que nos garantiza esa posibilidad de vivir con libertad es el Estado laico. Atentar contra el Estado laico, es atentar contra nuestras libertades.