Iniciativas de Calderón
Raúl Jiménez Vázquez
Con frecuencia se piensa que el cruel asesinato masivo de más de diez millones de indefensos seres humanos reducidos a la condición de Homo sacer o nuda vida, el llamado holocausto, fue el fruto de la acción de un grupo de infames que elevaron a categoría de política de Estado la torpe, la estúpida creencia de la pureza de la sangre y la superioridad de la raza aria.
En la fascinante obra Espejos del literato uruguayo Eduardo Galeano se evidencia que ello no fue así. Los nazis no actuaron solos. Contaron, por ejemplo, con el concurso de muchos y poderosos empresarios que se beneficiaron del oro y la mano de obra esclava proveniente de los condenados a muerte; financiaron la construcción de Auschwitz y otros lagers o campos de exterminio en los que se perpetró la mayor de las ofensas a la dignidad humana; diseñaron e hicieron el tendido de las vías de los trenes de la muerte; vistieron al ejército nazi; apoyaron las investigaciones y experimentos dirigidos por Joseph Mengele; instrumentaron mecanismos para la identificación y control masivo de las víctimas; e incluso lanzaron al mercado un refresco en honor de Hitler.
Otro tanto ocurrió en el frente de los juristas. Dos de ellos fueron fervorosamente adictos a la visión hitleriana: Carl Schmitt y Edmundo Mezger. El primero, un afamado constitucionalista, forjó la teoría de las decisiones políticas fundamentales, entendiendo por éstas aquellas determinaciones jurídicas de carácter supremo que jamás podían ser desconocidas en virtud de haber emanado directamente de la voluntad y los sentimientos del führer. También formuló el paradigma amigo-enemigo del que se desprendieron las leyes antisemitas que socavaron la vigencia de la célebre constitución de la república de Weimar de 1919.
El connotado penalista Edmundo Mezger, a su vez, fue el autor de La ley para la prevención de descendencia con enfermedades hereditarias en la que, arguyendo que poseían una vida indigna de ser vivida, se dispuso la segregación y esterilización de los padres potencialmente incapaces, así como la eutanasia de los epilépticos, los bipolares o maníaco-depresivos, los sordos y, en general, cualquier ser humano considerado defectuoso. Este ordenamiento y las nefandas siete leyes de Nuremberg para la protección de la sangre, el honor y la ciudadanía alemana constituyeron la columna vertebral del edificio jurídico que hizo posible el holocausto.
Este mismo jurista igualmente dio a luz dos ordenamientos medulares del derecho penal nazi: la Ley sobre medidas para la defensa del Estado y la Ley contra delincuentes habituales y peligrosos; esta última revistió una enorme trascendencia para el cumplimiento de los designios genocidas ya que ahí se estableció la figura de los “infractores potenciales”, con la que se trastocó el principio garantista, emergido del siglo de las luces, que enuncia que el ius puniendi, el poder de punición o castigo que le asiste al Estado, sólo puede ser ejercido cuando se está en presencia de conductas particulares y concretas; es decir, nadie puede ser sancionado por lo que es, ni por lo que representa, sino únicamente por lo que hace o deja de hacer.
Tristemente, las ideas de Carl Schmitt y Edmundo Mezger no se extinguieron con la caída del Tercer Reich, siguen vivas y están presentes en los conceptos difundidos por el tratadista Gunter Jakobs. El postula que aquéllos que delinquen a gran escala son enemigos del Estado y deben ser encuadrados dentro de un derecho penal distinto al derecho penal del ciudadano: el derecho penal del enemigo, que criminaliza la peligrosidad más que la conducta efectiva y afecta significativamente los derechos humanos del acusado.
A nuestra Carta Magna ya le fueron introyectados algunos segmentos del discurso del derecho penal del enemigo, tal como lo explica brillantemente el ilustre maestro y doctor Raúl Carrancá y Rivas en su libro Reforma constitucional de 2008 en materia de justicia penal y seguridad pública.
Estas ideas también han sido captadas con un vigor inusitado en las iniciativas presentadas por el Ejecutivo federal ante el Congreso de la Unión en el marco de la fracasada guerra antinarco. Destacan por su relevancia la propuesta de reformas a la Ley de Seguridad Nacional, a la que en su oportunidad dedicamos un artículo específico, el proyecto de nuevo Código Federal de Procedimientos Penales y las pretendidas modificaciones al Código Penal Federal, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Dichos cambios tienen como tronco común la adopción del paradigma amigo-enemigo y del principio de la peligrosidad como fuente de emanación de la potestad punitiva del Estado, lo que explica el porqué se quiere otorgar facultades ilimitadas para practicar detenciones, cateos de domicilios e intercepción de llamadas telefónicas entre particulares sin un previo mandato judicial.
El exabrupto se complementa con la inaudita cristalización de la responsabilidad penal de las personas morales y el acogimiento de la inédita modalidad imputacional de las “cadenas de responsabilidad”, la cual habilitaría para imponer sanciones a quienes colaboren indirectamente con la delincuencia organizada aunque no sean parte de las bandas criminales, así como a cualesquiera de los integrantes de una organización delictiva aun cuando no hayan intervenido en la comisión de la conducta ilícita particular y concreta. En ambos casos el resultado es la atribución de una especie de responsabilidad objetiva o solidaridad, perdiéndose de vista que la responsabilidad penal es siempre individual.
Por sus raíces ideológicas indiscutiblemente oriundas del derecho penal nazi, y considerando su carácter profundamente antidemocrático y vulnerador de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales suscritos por nuestro país, las iniciativas de Felipe Calderón no deben ser aprobadas por el Poder Legislativo federal. De lo contrario, se incubaría el germen de un Estado fascista al que seguirían las dantescas escenas que motivaron el afloramiento de la desgarradora proclama del “¡nunca más!”
