Juventino Castro

 

Raúl Jiménez Vázquez

Recientemente fallecido, el doctor Juventino Castro perteneció a una generación de abogados emergida paralelamente a las instituciones primigenias forjadas por el Estado emanado del movimiento social de 1910, cuyos signos indelebles fueron la honorabilidad, una honda vocación por el estudio y la férrea defensa del interés público. Miembros de ese puñado de grandes mexicanos fueron, entre otros, Mario de la Cueva, Antonio Martínez Báez, Antonio Carrillo Flores y Alfonso Cortina Gutiérrez, este último autor intelectual de la Ley de Justicia Fiscal y magistrado fundador del otrora Tribunal Fiscal de la Federación.

El doctor Castro ocupó elevados cargos dentro de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, donde invariablemente veló por el interés general y se condujo con apego a los más elevados principios republicanos. La reciedumbre y el profundo sentido nacionalista de sus convicciones se hicieron patentes en todas las esferas de su quehacer institucional; sin embargo, la sabiduría acumulada a lo largo de los años alcanzó su máxima expresión durante su desempeño como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. De ello dan cuenta los casos paradigmáticos a los que aludiremos a continuación.

Primeramente, auspició y presidió la Comisión encargada de investigar las violaciones graves a garantías individuales cometidas el 28 de junio de 1995 por las fuerzas de seguridad en el vado de Aguas Blancas, Guerrero, contra un grupo de indefensos campesinos, de los que diecisiete perdieron la vida y muchos otros resultaron heridos de gravedad.

La investigación fue pródiga en actuaciones: se recabaron numerosos testimonios, se realizaron múltiples visitas al lugar de los hechos, se llevaron a cabo diversas inspecciones oculares y pruebas periciales especializadas. Los resultados obtenidos tuvieron un inconmensurable valor jurídico, social y político: I) se estableció la existencia de  transgresiones a los derechos fundamentales, II) se determinó que fueron perpetradas por un grupo de servidores públicos encabezado por el entonces gobernador con licencia, III) se fijó un importante criterio interpretativo en el sentido de que las autoridades deben respetar el derecho a la verdad y, por tanto, tienen prohibido divulgar información manipulada, pues, de lo contrario, “se incorporaría a la vida política la cultura de engaño, la maquinación y el ocultamiento”.

Su condición de jurista de Estado también se puso de manifiesto con motivo de la intervención que tuvo en la resolución del amparo en revisión promovido por el capitán de la armada argentina Ricardo Miguel Cavallo contra la orden de extradición librada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, a solicitud del juez español Baltazar Garzón del Real.

Las tesis impulsadas por el ministro Castro en este específico asunto son de una enorme trascendencia: I) el Estado mexicano esta sujeto al principio de la jurisdicción universal, que postula que los crímenes que agravian a la humanidad deben ser perseguidos y castigados dondequiera y cualquiera que haya sido el lugar de su ejecución material, II) los opositores políticos son un grupo protegido por el tipo penal del genocidio, III) dicho crimen no debe ser conceptualizado como delito político y los genocidas no pueden disfrutar de las prerrogativa del refugio o el asilo.

El anatocismo (intereses sobre intereses) fue otro trascendental tema al que se abocó vehementemente este ilustre personaje, tal como se deduce de los votos particulares que formuló oponiéndose al pronunciamiento emitido por la mayoría de sus colegas ministros sobre la validez jurídica de los contratos de apertura de crédito con cláusula adicional para el pago de intereses vencidos.

Al respecto, adujo que el anatocismo constituye una práctica abusiva derivada de una ley injusta cuyos excesos deben ser atemperados por el juzgador aplicando el principio áureo de la equidad. Así, su sólida y vehemente argumentación quedó indisolublemente unida al pensamiento del célebre filósofo alemán Gustav Radbruch, quien a través de la célebre fórmula que lleva su nombre sentó las bases para desconocer las leyes genocidas expedidas por el régimen hitleriano y proceder al enjuiciamiento de la jerarquía nazi por parte del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg. Tal fórmula proclama lo siguiente: “Ahí donde la injusticia del derecho positivo alcance tales proporciones que la seguridad jurídica garantizada por el derecho positivo no represente ya nada en comparación con aquel grado de injusticia, no cabe duda que el derecho positivo injusto deberá ceder el paso a la justicia”.

El luminoso ejemplo de Juventino Castro permanecerá vivo a lo largo del tiempo y a él deben ceñirse los jueces de jueces a fin de honrar su papel de custodios de la Carta Magna, portavoces de los valores democráticos, procuradores de la libertad y curadores de la justicia. Es un poderoso referente ético y jurídico que pone en un severo entredicho las equívocas determinaciones tomadas por el supremo tribunal en otros casos emblemáticos, a saber: el procedimiento de investigación del trágico acontecimiento que tuvo lugar en la guardería ABC, el amparo del SME contra el decreto de liquidación de Luz y Fuerza del Centro y la controversia constitucional instaurada por la Cámara de Diputados en contra de los contratos para la explotación de los campos maduros de Pemex, cuyo indebido desechamiento sirvió para avalar la presencia de inversionistas privados en el área estratégica de los hidrocarburos y comprometer el patrimonio energético de los mexicanos.