Entrevista a José Dávalos Morales/Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM

Nora Rodríguez Aceves

Con la reformas a la Ley Federal del Trabajo se pretende tener un régimen de esclavos con salarios miserables sin defensa sindical, hacia allá va el combate que han tenido desde hace años desprestigiando a los sindicatos; sí hay corrupción, pero no sólo es responsabilidad de los líderes sindicales, sino también de autoridades y empresarios, afirma José Dávalos Morales, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Por eso, es importante que “los trabajadores se organicen, designen libremente a sus dirigentes y constituyan una fuerza social, un poder que pese en el país y que diga: éstos son mis derechos laborales y no me los toques. Que los sindicatos se constituyan en un factor real de poder como fueron en el Constituyente de 1917, como fueron para la ley de 1931, como fueron  para la ley de 1970, un factor real de poder al que se le respete y al que se le atienda, pero desgraciadamente hoy los sindicatos casi no hablan, muchos dirigentes están desprestigiados, por eso en necesario que los trabajadores se organicen, respondan, actúen, por eso la movilización social es importantísima y no solamente la algarada, el griterío y los golpes, no, con ideas, las barricadas que pueden hacer el cambio son las barricadas de ideas, no tanto las barricadas de piedras o de palos”.

Luego de que, el 29 de septiembre, el pleno de la Cámara de Diputados aprobara en lo general y en lo particular la reforma laboral propuesta por el presidente Felipe Calderón, la cual incluye la reglamentación del outsourcing, los contratos de prueba y de capacitación inicial y pagos por hora, el pasado martes, 2 de octubre, el Senado de la República dio entrada a la minuta que reforma la Ley Federal del Trabajo enviada por la Cámara Baja.

Como cámara revisora, el Senado tiene un plazo de 30 días naturales para dictaminar el proyecto, de ahí que la Comisión de Trabajo y Previsión Social quedó formalmente instalada ese mismo martes y se declaró en sesión permanente para analizar el proyecto de decreto que en materia laboral le envió la Cámara de Diputados.

Sin embargo, para el exdirector de la Facultad de Derecho de la UNAM, “reformas de esta importancia no pueden resolverse en 30 días, como se pretende; en la expresión popular podríamos decir que no son enchílame otra”,  porque explica a Siempre! que “la reforma a la Ley Federal del Trabajo que pone el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión fue preparada por los empresarios, recoges las propuestas que han presentado los patrones, es la reforma que se ha propuesto desde hace 12 años. Los empresarios naturalmente están presentando un  proyecto a su gusto,  a su medida, nada más que hay que tomar en consideración que el artículo 123 del que se desprende la ley laboral tiene una historia, partió de la lucha armada de 1910, por eso los diputados constituyentes recogieron, entre otras, las instituciones de la jornada máxima, la estabilidad en el empleo, la libertad sindical y el derecho de los trabajadores a la huelga, y las llevaron al texto de la Constitución Política. Son el corazón y los ideales de los trabajadores, que hasta ahora no han hecho uso siquiera de su voz”.

Por eso, “es necesario que los trabajadores y los sindicatos participen en los debates sobre la reforma laboral, claro, hay quienes me dicen en clase o en conferencias, es que los líderes sindicales son corruptos; sí hay líderes sindicales corruptos, les respondo,  estoy de acuerdo, nada más que para que haya un corrupto se necesito el otro, ese otro es el empresario que ha corrompido a los líderes para manipularlos a su antojo, y por eso el empresario crea sindicatos, y por eso el empresario crea contratos colectivos de trabajo hechos por el empresario para su beneficio; hay muchos, miles de contratos de protección”.

Aunque también, “hay otro responsable de esta corrupción: las autoridades que en la toma de nota en los registros de los sindicatos, en los registros de la directiva, en los juicios laborales están de lado de los líderes sindicales, muchas veces, las autoridades laborales protegen a los líderes sindicales para la corrupción para que estos líderes sindicales den apoyo a las autoridades, sobre todo,  en las elecciones,  por lo tanto, la corrupción de los líderes sindicales no es solamente de ellos, participan patrones y participan autoridades”.

En este sentido, hay que señalar que en cuanto al tema de la vida sindical, el PAN y el PRD en la Cámara de Senadores anunciaron ayer —miércoles 3 de octubre—  que votarán juntos para que se restablezca el capítulo de transparencia y democracia sindical en la ley laboral, “se insistirá en rescatar lo que el PRI le quitó en la Cámara de Diputados a la iniciativa preferente del presidente Felipe Calderón, con la finalidad de dar a los trabajadores la posibilidad de elegir libremente a sus dirigentes y saber cómo se gastan sus cuotas”.

Democracia en la vida sindical

Aquí, Dávalos coincide con el PRD y con el PAN en que se  democratice la vida sindical, “indudablemente que sí, voto libre y secreto, estoy de acuerdo y estoy de acuerdo en que los sindicatos rindan cuentas y las rindan ante los trabajadores; actualmente  hay obligación de rendir cuentas cada seis meses, pero no hay sanción, es necesario que se imponga una sanción”.

“Cuando se está quebrantando, desmoronando, resquebrajando, el artículo 123 con este tipo de contratos temporales, capacitación inicial, contrato a prueba, pago por hora, outsourcing, qué sindicatos fuertes puede haber, se debilita a los sindicatos con un entrar y salir de los trabajadores de la empresa, qué trabajador se va a agrupar y hacer fuerte a un sindicato, y sin sindicatos fuertes qué contratos colectivos de trabajo puede haber; entonces, para los trabajadores sin sindicatos fuertes, sin contratos colectivos, sustanciosos beneficios, la huelga está invalidada,  para qué huelga”.

Y agrega, por eso “pienso que ha sido el plan elaborado diabólica, satánicamente, atacando la estabilidad en el empleo, porque rompiendo la estabilidad en el empleo le dan en la columna vertebral a los sindicatos, al contrato colectivo y a la huelga, esto parece que no se ha visto, que no se quiere ver, pero ha sido un plan llevado a cabo satánicamente para debilitar los sindicatos, acabar con los contratos colectivos de trabajo y dejar la huelga como una figura preciosa en la Constitución y en la ley. Para qué sindicatos, para qué van hacer uso de la huelga,  el golpe lo han dado”.

“Yo me imagino un edificio enorme que tiene una columna llamada madre al centro que es la que sustenta todo el edificio, esta reforma ha quebrado esa columna enorme, no, no ha quebrado,  tiende a quebrar, ojalá el Senado no acceda, pero este golpe tiende a quebrar esa columna que sostiene todo el edificio del derecho del trabajo, esa columna se llama estabilidad del trabajador en la empresa misma que se está rompiendo con estas incorporaciones.”

Con más de 43 años de profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM, Dávalos Morales señala que “quien ha hablado con una gran franqueza del propósito de esa reforma es el exsecretario de Hacienda y actual gobernador del Banco de México, Agustín Carstens, que el 13 de septiembre de este año dijo abiertamente: “es necesario que se den amplias facultades a los patrones para contratar, es necesario que se den amplias facultades a los patrones para despedir a los trabajadores sin que sea costoso para las empresas”.

“Se ha estado diciendo que no se toca con la reforma el artículo 123 constitucional, esta es una gran mentira y lo voy a demostrar en seguida:  con las reformas que se hicieron no se está tocando la letra del artículo, pero su contenido está rompiéndose, está resquebrajándose; por ejemplo, se incorporan los contratos temporales, el patrón con toda libertad, con la facilidad que reclama el señor Carstens, pueden decir: te voy a contratar por 15 días, por un mes, por tres meses, y llegados esos 15 días, el mes, los tres meses, se acabó el contrato, ¡adiós! Sin ningún costo para el patrón, sin ninguna prestación para el trabajador”.

“En el artículo 37 de la ley laboral, tenemos o  teníamos el tiempo determinado, uno, cuando lo exija la naturaleza del trabajo, y dos, cuando se sustituye temporalmente a otro trabajador. Un trabajador está enfermo y el patrón puede contratar a otro trabajador mientras se alivia el empleado enfermo, esto lo prevé la ley. Asimismo, hay otros casos previstos en la ley del trabajo de tiempo determinado como el trabajo en los buques que, es por viaje; en el caso de los actores y músicos, es por presentación, por temporada, etc., pero en los contratos temporales que ahora se han incorporado en la ley, en la aprobación que se hizo de la reforma en la Cámara de Diputados. estos contratos temporales es: yo te contrato por 15 días, por un mes, por tres meses, ¿por qué por 15 días, por un mes, por tres meses?, porque yo quiero, y al final de los 15 días, del mes, de los tres meses, ¡adiós!, sin ninguna prestación. ¿Por qué? Porque yo lo quiero.”

Despidos a discreción

El doctor en derecho explica que, con el contrato a prueba, el patrón tiene libertad para contratar a prueba por el tiempo que el patrón diga, quién decidirá si el trabajador funciona o no funciona será el patrón. Estos contratos  estaban en la Ley Federal del Trabajo de 1931 y servían para engañar a los trabajadores, sin embargo, estos contratos desaparecen en la ley de 1970 y desaparecieron  por ser  contratos mentirosos, un muchacho que recoge platos o un mesero que lleva tres, cinco años haciendo lo mismo, es qué todavía no ha aprendido a hacer lo mismo, y se le repite el contrato a prueba; es una mentira, pero ahora con el agravante de que el patrón lo despedirá cuando él quiera, con esa facilidad de despido que pidió el señor Carstens y que expresa elocuentemente lo que quieren los patrones con esta reforma; el contrato a prueba es un engaño y ha vuelto a la Ley Federal del Trabajo”.

Sobre el pago por hora, el autor de Tópicos laborales, de editorial Porrúa, señala que “actualmente el pago por hora está previsto en la ley laboral en el artículo 83 que dice:  «el salario puede fijarse por unidad de tiempo». ¿Cuál es la unidad de tiempo? La hora, pero con todas las prestaciones económicas, sociales; ahora en esta iniciativa preparada por los patrones y presentada por el presidente de la república agregan un segundo párrafo a ese artículo 83 en donde se establece el pago por hora, pero sin prestaciones, te estoy pagando rigurosamente las horas que trabajas y ahí acaba mi obligación, lo que significa que no hay ningún derecho, no hay ninguna prestación económica ni social”.

Para Dávalos Morales, la figura del outsourcing aprobada por la Cámara de Diputados no tiene ningún candado como refiere la molestia de los empresarios, “no hay tales candados, el  outsourcing es —voy a poner el ejemplo de una constructora—: el patrón levantará un edificio, bueno pues ese patrón crea o busca una empresa de papel, una empresa inventada a la mejor por el mismo patrón, una empresa fantasma, hace un acuerdo entre la empresa de papel y él, el beneficiario del trabajo. Tú contrata a los trabajadores y yo te doy lo que les pagarás, pero como yo no soy el que pagará, págales salarios los mínimos, dales descanso semanal o no le des descanso semanal, no los inscribas en el Seguro Social; entonces, cuando a ese trabajador lo despide esa empresa de papel o esa empresa fantasma, le dice: no tengo con qué pagarte indemnización, todo lo que ves aquí es rentado, el edificio, los muebles, la camioneta, etc., ve con la empresa que está recibiendo tu servicios; la empresa que recibe el beneficio del trabajador dice:  yo no te contraté ve con el que te contrató, que es la subcontratadora. Actualmente en la ley existe la figura del intermediario, donde dice claramente que cualquiera de los dos es responsable de las obligaciones con los trabajadores; actualmente el de las obligaciones es la empresa subcontratadora,  el outsourcing, que el pobre no tiene dinero, no tiene recursos, con qué le paga al trabajador”.

Otro caso: un trabajador sufre un accidente de trabajo; dice el verdadero patrón —ah, porque ahora al outsourcing le llaman patrón de acuerdo con la reforma aprobada—: no tengo con qué pagarte, y el beneficiario del trabajo dice: no, pues ve con el que te contrató, y ahí anda el trabajador con salarios de hambre, sin prestaciones económicas, sin prestaciones sociales, porque no está inscrito en el Seguro Social, y todavía los legisladores se atreven a decir que no se toca el artículo 123; no hace falta meterle mano a la letra porque de facto ya rompieron la estabilidad del trabajador en la empresa, estabilidad que significa seguridad en el empleo, esa seguridad en el empleo creada por el Constituyente mexicano de 1917, eso deben de tenerlo muy presente las autoridades mexicanas, el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo”.

“No es una figura traída de otro país, se creó en México, esto lo podemos ver en la obra del maestro Mario de la Cueva, que es el gran maestro de derecho del trabajo; es una figura, es un derecho creado por el Constituyente mexicano de 1917; estabilidad en el empleo que significa seguridad del trabajador en el empleo mientras no renuncie voluntariamente, mientras no cometa una falta grave en contra del patrón o sus compañeros o mientras no ocurra un hecho ajeno a la voluntad del trabajador o del patrón, como puede ser un incendio, un terremoto, una inundación que destruyan el patrimonio de la empresa, entonces no hace falta tocar la letra del artículo 123; que siga el artículo 123, yo ya me estoy burlando de él en la ley”.

Estas son las grandes mentiras, no se toca el artículo 123, la ley esta vieja, habrá miles y miles de empleos para los jóvenes y para las mujeres. La ley es vieja, sí, es de 1970, la reforma procesal se hizo en 1980, efectivamente hacen falta reformas a la ley sobre todo con la modernidad del Internet,  pero reformas en las que participen los trabajadores en la discusión, no solamente los patrones, reformas en las que participe toda la gente interesada en las relaciones laborales, reformas en las que participen los académicos, los profesores e investigadores”.

Está diciendo ahora la Cámara de Senadores que invitará a todos los sectores interesados; ¿en 30 días?, ¿cómo le va a hacer? Esto no es en 30 días,  esto es aprobar una ley sobre las rodillas, eso no puede ser,  ojalá en la Cámara de Senadores se pongan la cabeza en su sitio y digan: no podemos votar una ley con esta premura, por tanto ahora se rechaza, veremos con más tiempo, discutiendo con los sectores interesados una reforma a la ley, que sí la necesita, pero no con esa premura”.