La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, revoco al (SME) Sindicato Mexicano de Electricistas, el amparo que le había concedido un tribunal federal para que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) fuera reconocido como padrón sustituto.
Los cinco integrantes de la sala consideraron que el Segundo Tribunal Colegiado en materia del Trabajo interpretó de manera errónea que el Presidente de la República es patrón único de toda la administración pues es criterio no aplica para organismos públicos descentralizados como Luz y Fuerza del Centro ,la votación en la sala fue unánime.
Aun hasta el viernes pasado, el proyecto de sentencia planteaba la propuesta que se aprobó ayer. Sin embargo, el martes fuentes del a Segunda Sala informaron que el proyecto venía en el sentido de dar la razón al SME, interpretación que fue incorrecta.
Se reiteró que los trabajadores de la extinta LyFC tiene sus derechos salvaguardados por lo que quienes aun no hayan recibido su liquidación están en derecho de reclamarla.
Fernando Franco Gonzales, declaro que los organismos descentralizados tienen personalidad y patrimonio propio, conforme al artículo 123 constitucional y la Ley Federal de Trabajo, por lo que “establecen directamente sus relaciones con los trabajadores y son responsables ante ellos”.
Franco recordó que la corte avaló la constitucionalidad del decreto de extinción y que el tema ya era cosa juzgada, por lo que la Segunda Sala ni siquiera debió entrar al estudio del recurso de revisión, reconoció que los derechos de los trabajadores deben ser salvaguardados, como lo estableció al Corte en el 2010 y que aun pueden exigir su liquidación.
