Viene para la Corte una oportunidad de oro
Raúl Jiménez Vázquez
El caso Clarín ha suscitado muy interesantes polémicas en la Argentina; la empresa propietaria del diario homónimo impugnó la Ley de Medios de Comunicación Audiovisuales aprobada por el Congreso de dicho país y mediante el manejo de varias medidas cautelares se ha sustraído de su ámbito de aplicación material. Notas periodísticas diversas, provenientes también del país austral, han puesto de manifiesto que aparentemente el éxito de estas maniobras procesales podría ser fruto del acoplamiento entre intereses privados y figuras señeras de la vieja estructura judicial.
Estas circunstancias han generado una división profunda. Un nutrido grupo de fiscales, jueces y magistrados argentinos se ha dado a la tarea de convocar a un encuentro nacional a suceder los días 27 y 28 de febrero, en que se discutirá la estrategia necesaria para instaurar una “justicia legítima” y se demandará la incorporación del escrutinio ciudadano a las decisiones y conducta de los juzgadores.
El argumento cardinal de esta iniciativa estriba en que el aparato jurisdiccional no fue sometido al proceso de la transición democrática que siguió a la dictadura, por lo que muchos de sus integrantes siguen aferrados a anacronismos y entendimientos con los poderes fácticos. Se trata, pues, de una cuestión de enorme trascendencia que conlleva hacerle frente a los nichos de poder, desmontar la red de complicidades y delinear así el tipo de poder judicial necesario para implementar un sistema de justicia congruente con una democratización real.
En nuestro país no estamos lejos de ver nacer un debate de esa misma índole. En relación a los aberrantes crímenes de Estado perpetrados el 2 de octubre de 1968, el 10 de junio de 1971 y durante la llamada guerra sucia, los ministros de la Corte guardaron un silencio ignominioso y vergonzante; asimismo contravinieron las expresas prohibiciones contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en 1998 declararon constitucional la fórmula del anatocismo, avalando el cobro de intereses sobre intereses.
Inclusive, ya a principios de este nuevo siglo, y en franco desafío a la normatividad penal internacional que estatuye que los genocidios y crímenes de lesa humanidad son de naturaleza imprescriptible y deben por ello ser perseguidos y sancionados dondequiera y cualesquiera que haya sido su lugar y tiempo de ejecución material, el máximo tribunal determinó que la matanza realizada por el grupo paramilitar Halcones no era susceptible de enjuiciamiento en virtud de haber operado la prescripción de la acción penal.
Del mismo modo, se negó a ejercer la facultad de atracción en relación a la masacre estudiantil de Tlatelolco, dejando la resolución del caso en manos de un órgano judicial de menor jerarquía que a su vez “se lavó las manos”, estableciendo que si bien ciertamente hubo un genocidio, dentro del expediente no existía una sola prueba, ni siquiera de carácter indiciario, que permitiese acreditar la presunta responsabilidad del expresidente Luis Echeverría.
Más aún, recientemente, los altos togados declararon la validez jurídica de los preceptos contenidos en el reglamento de la ley de Pemex, promulgado en el contexto de la reforma energética del 2008, donde se hallan consignados los mecanismos posibilitadores de la intervención de inversionistas privados en el desarrollo del área estratégica de los hidrocarburos y de la consecuente afectación a los derechos irrenunciables de la nación. Igualmente se negaron a dar curso a la controversia constitucional interpuesta por la Cámara de Diputados en contra de los contratos integrales para los campos maduros de Pemex, cuya morfología es semejante a la de contratos de riesgo proscritos por el artículo 27 de nuestra Ley Fundamental.
Muchos otros asuntos podrían mencionarse en este mismo tenor, como ejemplos tenemos la sentencia dictada dentro del amparo incoado por el sindicato de electricistas en contra del decreto de liquidación de Luz y Fuerza y la resolución recaída al escabroso caso de la guardería ABC.
Una oportunidad de oro se vislumbra en el horizonte para que la Corte imprima finalmente un giro estratégico a esta línea claramente conservadora: el pronunciamiento justo sobre el alud de amparos erigidos en contra de la inhumana reforma laboral. La justicia real, la justicia legítima, es más que nunca un imperativo categórico.
