La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó la resolución de  amparos  en  revisión y amparos directos relacionados con la concesión de red pública de telecomunicaciones y bandas de frecuencias para prestar los servicios de radio restringida con señal digitalizada.

Un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la  federación, el máximo tribunal del país precisa que en tanto la Segunda Sala del a (SCJN) resuelve  amparos en revisión, establece los criterios respectivos y emite el Acuerdo General Plenario que corresponda , se deberá continuar el tramite hasta el estado de resolución y  aplazar el dictado de esta.

Los amparos están relacionados con el tema de “prorroga” de concesión administrativa de  red pública de telecomunicaciones y bandas de frecuencias para prestar  los servicios de radios restringida con señal digitaliza”.

En dichos amparos se involucra la posible interpretación de los artículos 14,16,25,26,27,28, y 134 de la constitución, en relación con los artículos 19 y 27 de la ley Federal de Telecomunicaciones publicada en el Diario Oficial.

El articulo 19 indica  que las concesiones  sobre  bandas de frecuencias se otorgarán por un plazo hasta  de 20 años; mientras que el artículo 27, señala que las concesiones sobre redes públicas de  telecomunicaciones serán por un plazo de hasta  30 años.

Ambas  modalidades  podrán ser  prorrogadas, la (SCT) resolverá en un plazo no mayor de  180 días naturales.