Aprobó la Cámara de Diputados el dictamen que crea la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas para robustecer en el marco jurídico de este sector las materias de solvencia, estabilidad y seguridad conforme a los estándares y mejores prácticas internacionales.
Con 423 votos a favor, 12 en contra y una abstención fue aprobado el dictamen de la nueva ley que contempla que mediante una fórmula general o modelos internos, las instituciones determinarán el capital necesario para cumplir con sus obligaciones de acuerdo con sus riesgos.
Ya no será la autoridad la que establezca la regla única aplicable a todas las instituciones para calcular el monto de capital que requieren.
La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas reforma la Ley Sobre el Contrato de Seguro y abroga la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
El Ejecutivo federal presentó la iniciativa el 25 de octubre de 2012 en el Senado de la República, que la remitió a la Cámara de Diputados y ahora se envía al Ejecutivo para su promulgación.
La nueve normatividad establece la posibilidad de que puedan contar con modelos internos para calcular su requerimiento de capital de solvencia, considerando los riesgos a los que están expuestas, lo que tendrá que ser autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
La ley incorpora una serie de mecanismos para fortalecer sus estructuras de gobierno corporativo con el propósito de que las aseguradoras y afianzadoras estén en posibilidad de cumplir el nuevo régimen de solvencia que se propone.
Su consejo de administración deberá instrumentar un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad.
Este organismo será responsable, entre otros, de temas vinculados con la suficiencia de los recursos, reservas técnicas y la política de inversión.
Por tora parte deberá establecer las medidas y los procedimientos que permitan que las instituciones cumplan con el esquema de solvencia y un sistema de control interno que coadyuve a alcanzar el propósito referido.
Además, las instituciones de seguros y de fianzas tendrán obligaciones para hacer transparente su situación financiera frente al mercado y dar a conocer información sobre su perfil de riesgo y nivel de capitalización.
La Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas homologará el marco jurídico aplicable a los sectores de seguros y de fianzas, con las reformas que se efectuaron a la Ley de Instituciones de Crédito en 2008 y en la Ley del Mercado de Valores de 2005.
Conjuntamente lleva a cabo una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras en torno a una política pública, operación y supervisión, para delimitar sus ámbitos de actuación.
Las autoridades involucradas en estos casos son la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Para fundamentar el dictamen el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, José Isabel Trejo Reyes, dijo que la economía mexicana requiere de la adecuación de muchos elementos, a fin de dotarla del dinamismo necesario para alcanzar ritmos mayores de crecimiento que permitan la elevación del ingreso de la población.
Uno de esos elementos, dijo, es sin duda contar con un sistema financiero sólido y dinámico.
Indicó, esta legislación se inscribe en el proceso de modernización de la regulación financiera que se ha desarrollado en el país, con el propósito de fortalecer el marco normativo a que se encuentra sujeto el sistema financiero y con ello sentar las bases para un desarrollo sano y sostenido de la economía mexicana.
