La Secretaría de Seguridad Pública del DF (SSPDF) dio a conocer el Acuerdo 16/2013, mediante el cual se describe y detalla la actuación de la fuerza pública para el control de multitudes.
“El objeto del presente acuerdo consiste en establecer el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el control de Multitudes, conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable en materia de uso de la fuerza, y respeto a los derechos humanos”, explica en el documento.
En el acuerdo detallan los tipos de manifestaciones públicas que pueden ir desde marchas, bloqueos, asambleas, arengas, mítines, entre otros.
El escrito sirve como esfuerzo de lo ya establecido en la Ley que regula el Uso de la fuerza de los Cuerpos de Seguridad y sus respectivo Reglamento, al detallar los mecanismos de acción y disuasión de las multitudes privilegiando ante todo el dialogo sin embargo ,también establece los protocolos de acción.
“Para la implementación de acciones de control de multitudes y restablecimiento del orden público, se deberán aplicar a los principios técnicos de operación siguientes:
a) Planificar la logística necesaria para la función policial
b) Verificar que el personal operativo cuente con el equipamiento de acuerdo al servicio encomendado
c) Designar al responsable y el número de transportes para el traslado del personal.
“Considerar la ruta más corta para el traslado del personal ,previniendo la seguridad de este; e) Establecer la zona para el arribo de los elementos cerca de la zona afectada por el disturbio, siniestro o desastre; f) Analizar y determinar el grado de amenaza en la zona; i) Activar los servicios de emergencia para la evacuación y traslado de posibles lesionados al momento de llevarse a cabo la operación; j) Determinar las situaciones especiales y necesidades logísticas para su intervención”, detallo.
Para la intervención y acciones de Elaboración de un Plan Operativo u Orden de operación, Conducción de Multitudes; Resguardo de Instalaciones; Contención de Multitudes; Restablecimiento del Orden Público; Liberación de Vialidades; y Operación en Diligencias, el acuerdo remite a la Ley mencionada y su Reglamento.
