Entrevista a José Elías Romero Apis/Abogado penalista y periodista
Irma Ortiz
Una imagen que no se pensó ver nunca, una Elba Esther Gordillo, demacrada, tras la rejilla de prácticas, mientras escuchaba al juez Alejandro Caballero Vértiz, que le informaba de las acusaciones que pesan sobre ella: delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, acusaciones que le impiden gozar de la libertad provisional.
Elba Esther y sus presuntos socios en el desvío de cuentas del SNTE, Isaías Gallardo y José Manuel Díaz, se reservaron el derecho a declarar por recomendaciones de su abogado —Arturo Román Rangel— y solicitaron la duplicidad del término constitucional para resolver su situación jurídica.
Mientras tanto, continúan las investigaciones sobre los bienes y propiedades de la exlíder del SNTE. La Procuraduría General de la República informó que se han detectado cuentas en agencias de inversión como Morgan Stanley y Merrill Lynch, transferencias bancarias a España y Bélgica, además de las ya conocidas a Suiza y Lichtenstein y otras propiedades en Francia y España.
Agentes de la policía federal catearon este jueves un penthouse en la calle de Galileo, en Polanco, considerado como la principal vivienda de la exdirigente magisterial, aunque también cuenta con otras propiedades en el Distrito Federal con valor catastral que van de los 7 a los 13 millones de pesos. Por otra parte, cuenta con lujosas propiedades en Coronado Cays, una lujosa y exclusiva zona residencial de San Diego.
El jurista José Elías Romero Apis, exsubprocurador de justicia federal y capitalina, platica con Siempre! sobre la detención de Gordillo y el proceso que se le espera, que, asegura, será largo.
Delito grave
“Conocemos tan sólo algunos retazos informativos que el gobierno nos ha brindado, pero basta para darte idea de que la detención está apegada a las normas que rigen el procedimiento de consignación, como se hizo, y en este caso de aprehensión en cumplimiento de orden judicial, es decir de una orden de aprehensión. Nos encontramos en este momento en el periodo que se llama de término constitucional que habrá de concluir cuando el juez resuelva si somete a juicio a Elba Esther Gordillo o la deja libre, por cualquiera de las causas que se puede decretar la libertad de la acusada”.
Se formulan cargos como delincuencia organizada.
El delito básico que se le imputa es el que conocemos coloquialmente como lavado de dinero, que no es su nombre en la ley. En la ley se llama operaciones con recursos de procedencia ilícita y lo hemos sustituido coloquialmente por el de lavado de dinero, un delito que se considera como grave. No da lugar a libertad provisional bajo fianza o caución, tiene una penalidad que puede alcanzar hasta quince años de cárcel. Es un delito intrincado para las partes en el proceso y genera muchas complicaciones, sobre todo probatorias para la fiscalía.
También genera muchas dificultades técnicas para la defensa, incluso diría que ocasiona o acarrea también dificultades y complicaciones especiales para la autoridad judicial, por eso debemos estimar: primero, que va a ser un proceso interesante; segundo, será un proceso largo, y tercero, que es un proceso de resultados inciertos. En este tipo de procesos, es muy difícil anticipar quién puede tener la victoria final.
Como ejemplo podemos mencionar un caso que hemos conocido en México, muy famoso: el de Raúl Salinas de Gortari, que fue procesado por muy diversos delitos incluyendo uno tan grave como homicidio, que han quedado resueltos todos los delitos por los que se le procesó, con excepción del relacionado con el lavado de dinero, éste todavía está en una etapa irresoluta en los tribunales.
He platicado con muchos amigos abogados, subrayo, con ningún abogado de la fiscalía, ni con ningún abogado de la defensa, esto quiere decir que conozco lo que sabe el público. He contado hasta 27 razones por las cuales la defensa podría obtener éxito en lograr la absolución de su clienta; no es necesario acumular las 27, ni la mayoría de ellas, con una sola que sirva, con eso logra la absolución y la libertad de su cliente; eso hace interesante, desde luego, el trabajo de la defensa. Es un trabajo que tiene que aplicarse, me imagino, a fondo puesto que las posibilidades de éxito las tiene dentro de lo factible, no es de esos casos que pudiéramos llamar determinados de antemano o desahuciados, si estuviéramos hablando en términos jurídicos. Por otra parte la fiscalía de la Procuraduría General de la República es de suponer que no ha terminado —no sólo lo ha dicho el procurador en sus conferencias de prensa—, sino que es de suponer, como abogados que somos, que no ha terminado de completar su acusación.
Sigue haciendo investigaciones, de las cuales ya tiene información y no ha considerado el momento procesal oportuno de presentarlas como consignación o ampliación de la consignación presentada, y las reserva para el mejor momento, de acuerdo a su estrategia —que desconocemos—; pero quienes hemos sido fiscales y defensores sabemos que hay momentos para invertir todos nuestros argumentos y datos, y hay ocasiones para retenerlos, administrarlos, ahorrarlos y utilizarlos en los momentos oportunos.
Si el defensor que hasta este momento hemos visto que está a cargo de la representación y patrocinio de la señora Elba Esther Gordillo sigue trabajando en el bufete donde sabía que trabajaba —de Diego Fernández de Cevallos— antes de su paso breve por el gobierno, entonces estamos en presencia de un despacho que tiene buena tecnología. La PGR también está muy equipada, el procurador Jesús Murillo Karam —lo conozco— es un abogado conocedor, serio, es un abogado sólido y ha dado pruebas de ello. Es un asunto que, lamentablemente para él —y lo digo con pesar porque es un hombre al que admiro y respeto, pero por mis experiencias de tantos años en las procuradurías—,le quitará gran parte de su tiempo y quizá sea el asunto con el que lo conozcamos para la historia futura de la PGR.
Ni delito inventado ni maquillado
Ha sido un golpe quirúrgico y el gobierno no se hubiera lanzado a hacer esta detención si no tuviera los hilos del asunto.
No me cabe la menor duda de que no se trata de un delito inventado, ni maquillado. Desde luego no le sembraron millones de dólares en las cuentas, ni le sembraron millones de dólares en las tiendas comerciales. No es una invención de la Procuraduría, eso nadie lo pone en duda; las dudas son frente a hechos reales, quién puede demostrar el impacto legal o la consecuencia legal que pueden tener esos hechos reales.
Cuando se habla de que hay otros detenidos, ¿esto qué podría implicar?, ¿se formularán otro tipo de cargos?
Un delito puede ser cometido por multiplicidad de sujetos, no siempre tiene esta pluralidad de sujetos las mismas consecuencias legales, hay delitos que son cometidos por varios y algunos ni se enteran del delito que están cometiendo, los llamamos instrumentos de la comisión del delito. Un ejemplo: el chef que envenena un platillo y el mesero lo lleva sin saber qué está haciendo; hay otros en los que los participantes son simplemente cómplices del delincuente, que lo ayudan, no completan el delito sino que simplemente lo ayudan.
Hay otros tipos de participaciones ya más comprometedoras, como la pandilla, la asociación delictuosa y otros tipos de participaciones o coparticipaciones definitivamente complejas, que son producto de nuestro tiempo, que es la delincuencia organizada.
La organización criminal con un carácter de permanencia, que tiene un carácter de organización, que tiene un carácter delictivo creado específicamente para delinquir y que no hace otra cosa más que delinquir, por ejemplo, el caso más famoso que tenemos los mexicanos es el narcotráfico .
Sentencia de unos quince años
En el escenario a corto plazo, éste será un proceso largo donde podremos ver constantemente a Gordillo en la rejilla de prácticas.
No es tanto un proceso que se dé demasiado en la rejilla de prácticas, no hay gran cantidad de pruebas testimoniales ni de careos, aunque desde luego los habrá, pero sí será un proceso largo, tendrá mucha información documental, mucha información de terceros: bancos, proveedores de bienes, de prestanombres, en fin. Ese tipo de personas que participan en el delito o que están asociadas para probar o para desmentir el delito. Pudiera ser un proceso que tardara en su primera instancia quizá uno, quizá tres o quizá seis años.
En caso de que le fuera adversa la sentencia a Elba Esther Gordillo, ¿de cuantos años estaríamos hablando?
Máximo de quince años, por este delito; quién sabe si hubiera otros delitos que la PGR adicionará a esta acusación, en cuyo caso se sumarían los diversos delitos que hubiera hasta los límites que establece la ley, que pudieran ser de 60 o 70 años acumulados o más. Hemos llegado a ver sentencias de 900 años, claro que la ley pone ciertos límites y no sólo la norma legislativa, sino también la norma biológica.
¿Podría haber atenuantes?; está enferma, ¿podría tener prisión domiciliaria?
Queda a criterio del juez determinar el lugar de reclusión, de acuerdo con las necesidades y condiciones del acusado. En ocasiones, los jueces determinan que quede confinado en su domicilio, en calidad de detenido, no de arraigado; en calidad de preso, en su domicilio: puede quedar confinado en un hospital, hay quienes han quedado confinados en manicomios según sus problemas de salud mental; es muy diverso, no hay una norma específica, queda en la potestad del juez, de acuerdo con las necesidades y circunstancias del detenido, el lugar de detención. No olvidemos que los centros de internamiento, los reclusorios tienen áreas hospitalarias dentro del reclusorio.
En su experiencia no sólo jurídica sino política, ¿cual fue el mensaje del gobierno de Enrique Peña Nieto con esa decisión?
Es un mensaje para todos. Es un mensaje de “cuidado con lo que hacemos y cómo nos comportamos”. Un mensaje que llega a casi todos los códigos postales para los aliados desleales, para los concesionarios abusivos. Es un mensaje para los funcionarios rateros y los amigos traidores. Un mensaje para todo aquél que quiera acusar recibo del mismo, el que lo considere como un aviso que se dé por enterado, quien quiera considerarlo como una advertencia, que se dé por exhortado y quien lo quiera considerar como una amenaza, se puede dar por notificado. Es “te lo digo, Elba, para que lo entiendan todos”.