Artículo 3, fracción III: tres de tres
Christián Gutiérrez
En Michoacán, existen diversos fenómenos sociales que se perciben como negativos; en particular, dos: de un lado, algunos profesores democráticos cierran carreteras, toman casetas, cierran avenidas en Morelia y dejan sin clase a cientos o a miles de niños. Por otro lado, estudiantes de algunas escuelas normales exigen plazas automáticas para que, al finalizar sus estudios, puedan tener empleo como profesores.
El cansancio de la gente se ha manifestado de diversas formas, pues exigen que el gobierno haga algo. La gente está llegando a su límite de tolerancia y le exigen al Poder Ejecutivo de Michoacán, barrer con los que bloquean calles, avenidas y autopistas. Estas peticiones parecen razonables, sin embargo, creo que poca gente y algunos medios de comunicación no se detienen para analizar, con mayor profundidad, éstos y otros fenómenos para saber, por ejemplo, ¿qué los genera?, ¿desde hace cuánto tiempo?, ¿qué los podría desactivar?, ¿cómo saber interpretar las leyes para comprender estos fenómenos? o ¿qué actores políticos pueden intervenir para ayudar a desactivar estos problemas?
Por ello, me parece necesario y urgente comunicar algunas verdades que, por lo regular, no se dicen y mucho menos se conocen entre la gente común. Por ejemplo: ¿qué exigen algunos estudiantes de escuelas normales, particularmente aquéllos que han salido a las calles a convulsionar la vida social de los morelianos y de muchos michoacanos? Exigen que la Secretaría de Educación Pública de Michoacán les garantice que, al finalizar sus estudios, tendrán plazas de manera automática para trabajar como profesores. La gran pregunta que también habría que responderse es si esto es posible. Y la respuesta es no, no es posible. ¿Por qué? Porque la reciente reforma constitucional en materia de educación lo prohíbe.
Existe una manera muy simple y sencilla para entender esto que digo, por lo tanto, también de manera sencilla se les podría explicar a los michoacanos. Yo le diría a la gente: “Tres de tres”, es decir, en la fracción III, del artículo 3 de la Constitución Política de todos los mexicanos está la respuesta. ¿Y qué dice esta fracción de este artículo constitucional?: que “el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan…”
En palabras simples: toda aquella persona que aspire a ser profesor o a ser promovido a cargos de dirección dentro de las diversas secretarías de Educación en los estados de la república deberá someterse a concursos de oposición. Y algo adicional muy importante: este proceso de concursos de oposición respetará en todo momento los derechos laborales de los estudiantes y profesores.
Así lo dice la Constitución federal, por ello ya no es posible dar plazas en automático. Está en la Ley Suprema de México y se debe respetar.
El autor es politólogo.
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