La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), determinó que las autoridades ambientales federales deberán elaborar una nueva resolución de impacto ambiental sobre la operación del acueducto Independencia, en el estado de Sonora y deberán desahogar “a la mayor brevedad posible” una consulta con la tribu yaqui para determinar la posible afectación a sus derechos.

Con el voto en contra del ministro José Ramón Cossío, la primera sala estableció ayer que la delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Sonora y la Dirección general de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), están en condiciones de detener la operación del citado acueducto “en cualquier momento”, si advierten que causa daño irreparable a la comunidad yaqui.

Los ministros señalaron que una vez concluida la consulta, y en caso de que se demuestre alguna afectación a los derechos de la tribu, la autoridad “deberá tomar acciones que resulten adecuadas, conforme a su competencia, para ponderar los interés en juego quedando en aptitud de tomar decisiones para resarcir o aminorar los daños que incidan en la subsistencia de la comunidad quejosa, pudiendo llegar, de ser necesario a determinar la suspensión de sus operaciones”.

Agregaron que, en el marco del procedimiento SGPA-DGIPA DG1633/11, tanto la Profepa como la Semarnat tendrán que emitir una nueva resolución de impacto ambiental, “independientemente” de la etapa en que se encuentre la obra”, en la que se encuentre  la obra” en la que se pronuncie expresamente “sobre la existencia o no de una afectación a los derechos de disposición de agua de la comunidad yaqui”.

Por otra parte el ministro Cossio votó en contra de la decisión por considerar que en esta “aclaración” del amparo concedido por la sala a la tribu yaqui en mayo pasado, la corte tenía que ordenar la suspensión de la operación del acueducto hasta que las autoridades ambientales cumplieran con su obligación de desahogar la audiencia con la comunidad afectada y, posteriormente, elaboran una nueva resolución de impacto ambiental.

Fuentes Judiciales comentaron que la propuesta de Cossio era la única forma viable de amparar los derechos de la tribu yaqui en caso de que se demuestre que sus derechos sobre el agua resultarán afectados por el acueducto, que tiene entre sus principal propósito abastecer a la ciudad de Hermosillo.

De acuerdo con el decreto presidencial de 1940, la comunidad indígena tiene derechos de disposición de la mitad del agua de la presa la Angostura para uso agrícola, precisamente ésta es la fuente principal de abastecimiento del acueducto Independencia.

Será el pleno de la corte el que resuelva en definitiva este asunto, cuando dictamine las controversias constitucionales que presentaron dos municipios en contra de la obra.

Posibles ceses de bloqueos

El representante de la comunidad yaqui, Mario Luna Romero, se mostró complacido por la decisión y adelantó que abre la posibilidad de que se levanten los bloqueos realizados por indígenas en las carreteras de esa entidad.

Precisó que las autoridades ambientales deben cumplir con la resolución de la Suprema Corte de dejar sin efecto el actual estudio de impacto ambiental y desahogar la audiencia solicitada por la tribu como una forma de distender la situación y para que se den las condiciones en las que los afectados cesen los bloqueos carreteros en la dicha entidad.

Y subrayó que los bloqueos que se hicieron porque las autoridades federales se negaron a cumplir con la sentencia de la corte de mayo pasado.