La Secretaria de Gobernación, publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la protección y Asistencia a las víctimas de estos Delitos.

El ordenamiento, que entrará en vigor mañana, indica que la Comisión Intersectarial para Prevenir, Sancionas y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos tiene 90 días hábiles para realizar las modificaciones a sus reglamento interno.

En 90 días, la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección de Asistencia a las Víctimas de estos Delitos tiene 90 días hábiles para realizar las modificaciones a su reglamento interno.

En 90 días, la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos deberá crear la página web que contendrá una base de datos para dar seguimiento al Programa Nacional en la materia.

La Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Segob, en coordinación con la instancia de atención a víctimas y la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las mujeres y Trata de Personas de la PGR contarán con 90 días hábiles para elaborar el Modelo de Asistencia y Protección a Víctimas.

La Comisión Intersectarial, en coordinación con la Segob y la PGR, deberá expedir en 90 días hábiles los protocolos únicos para el uso de procedimientos y recursos para el rescate, asistencia y protección de las víctimas y posibles víctimas de los delitos previstos por la ley.

Señala el ordenamiento que se abroga el Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.