REFLEXIONES CONSTITUCIONALES
Las mayorías deciden, pero con limitantes
Alfredo Ríos Camarena
Se ha cumplido un año del gobierno de Peña Nieto y también de la operación del Pacto por México; se han logrado avances legislativos, aun cuando a veces han sido precipitados. Esta semana que concluye se habrá aprobado la reforma político electoral, ya lo fue en el Senado de la República y seguramente también lo será en la Cámara de Diputados.
Hace unos días en un programa televisivo, escuché al exjefe del gobierno de España, Felipe González, referirse a uno de los consejos que don Quijote le dio a Sancho Panza cuando a éste lo nombraron gobernador de la ínsula Barataria; le decía el ingenioso hidalgo que debería ser cuidadoso y pragmático y que las leyes que dictara tendrían que ser aplicables y no demasiadas.
En muchas ocasiones, la formulación de dictámenes en las comisiones del Congreso pretenden construir caballos y terminan haciendo burros o dromedarios; la reforma política tiene aciertos. Sin duda, la independencia de Coneval y de la PGR son muy importantes aun cuando la vacatio legis de esta última es demasiado larga.
La desaparición del IFE es un error craso, pues costará mucho dinero sin necesidad; podría haberse conservado el nombre del IFE y cambiar algunas de sus facultades; con el cambio propuesto tendrán que entregarse nuevas credenciales de elector, además del gasto administrativo de papelería y tantas otras cosas más; sin embargo, el punto de mayor discusión está en el alcance que debe tener el referéndum al que se le pone un candado para evitar que cambien reformas constitucionales aprobadas; es claro que esta referencia tiene como destinatario el PRD y a Cuauhtémoc Cárdenas, que han planteado como su estrategia en 2015 un referéndum sobre la reforma energética.
Si en verdad el tema de la falta de recursos financieros y tecnológicos es la razón principal de las modificaciones constitucionales, bastaría acotarlo en esos términos en dicho cambio constitucional: establecer que cuando el Estado nacional no tenga estos recursos específicamente en aguas ultraprofundas o en la tecnología del oil shell y gas shell; sin modificar el artículo 28 constitucional, es probable que se pudieran lograr los objetivos deseados.
Los principales teóricos constitucionalistas establecen que los paradigmas fundamentales, las ideas que configuran la nación deben ser intocables, pues es la razón de ser de las constituciones, como asegura Carl Schmitt. Estas propuestas deben ser estudiadas con mayor cuidado, porque no es suficiente razón tener una mayoría de votos en un parlamento, para romper paradigmas más allá de las simples votaciones. La soberanía del Congreso está limitada por las grandes decisiones fundamentales que son la base de la nación, por eso, aun cuando en democracia las mayorías deciden, éstas tienen un limitante que se finca en la historia de cada nación; sería absurdo que un parlamento, por ejemplo, decidiera anular las garantías individuales. En el caso mexicano, el maestro Tena Ramírez señala con claridad que nuestra Constitución permite “adiciones y reformas”, pero de ninguna manera, transformar los paradigmas sustanciales.
