Otra vez puerta abierta a monopolios
Miguel Barbosa Huerta
Mal y tarde llegaron las propuestas del gobierno federal en telecomunicaciones y radiodifusión.
Las reformas constitucionales del año pasado en telecomunicaciones y competencia económica representaron cambios importantes para avanzar en la democratización de los medios de comunicación, derecho de las audiencias y fortalecimiento de medios públicos y comunitarios. No se logró un nuevo modelo, pero sí una nueva forma de administrar el mismo.
El 9 de diciembre de 2013, el Congreso de la Unión tenía que haber expedido las normas reglamentarias en estas materias; sin embargo, diversas circunstancias que caracterizaron el fin del anterior periodo ordinario de sesiones impidieron que esto ocurriera. A pesar de que desde el año pasado el Congreso está en falta y de las reiteradas declaraciones del gobierno federal acerca de la importancia de este tema, las propuestas del Ejecutivo no llegaban. Por fin, el pasado lunes 24 de marzo, el tan esperado paquete de iniciativas fue enviado al Senado de la República.
Los planteamientos del gobierno dejan mucho que desear, porque abren la puerta para la continuidad de los monopolios, debilitan al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), vulneran el derecho de las audiencias y no contribuyen al fortalecimiento de los medios públicos y comunitarios.
Queda claro que el gobierno tardó tanto tiempo en enviar sus propuestas, porque antes de presentarlos a la sociedad y a las fuerzas políticas representadas en el Senado y la Cámara de Diputados estableció un proceso de negociación con los poderes fácticos en este importante sector de la economía. Un primer efecto ya lo registró la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) con el aumento del precio de las acciones de las dos principales empresas televisoras y la caída de la mayor empresa en servicios de telefonía de nuestro país.
El paquete de iniciativas de telecomunicaciones y radiodifusión se integra por la expedición de dos nuevos ordenamientos: La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que consta de 312 artículos y de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión de México, de 32 artículos.
Implica modificaciones a por lo menos nueve normas legales: Ley de Inversión Extranjera; Ley Federal de Derechos de Autor; Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; Ley de Amparo; Ley del Sistema de Información Estadística y Geográfica; Ley Federal de Transparencia y de Acceso a la Información Pública Gubernamental; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley de Asociaciones Público Privadas; Ley Federal de Entidades Paraestatales, y Código Penal Federal.
Este paquete de cambios debilita al IFT y concentra atribuciones en el Poder Ejecutivo federal. Por ejemplo, se propone que la Secretaría de Gobernación (Segob) se responsabilice de la regulación de contenidos de radio y televisión. Esto contraviene lo dispuesto en el artículo 28 Constitucional, que establece que el IFT tiene la facultad de “la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico”. Que la Segob regule contenidos implica un paso atrás de lo logrado.
La iniciativa que llegó de Los Pinos carece de las normas que regulen claramente los medios públicos. Una lamentable ausencia, porque el Artículo Décimo Transitorio de la Reforma Constitucional en Telecomunicaciones puede leerse que: “Los medios públicos que presten servicio de radiodifusión deberán contar con independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y la rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a las tecnologías, y reglas para la expresión de diversas ideologías, étnica y culturales”.
Resulta grave que las radiodifusoras y televisoras indígenas y comunitarias no tengan la posibilidad de recibir ingresos mediante la venta de publicidad. En la propuesta del presidente, la comercialización en los medios públicos resulta ambigua.
El Ejecutivo desea modificar las pautas que establece la Constitución en preponderancia, limitándola al cálculo de audiencias, mientras la Carta Magna incluye la capacidad utilizada de redes de transmisión y la concentración de frecuencias.
Otro aspecto preocupante está en los contenidos de algunos de los artículos transitorios de la propuesta de decreto del presidente, que abren la puerta para que los actuales concesionarios conserven sus privilegios. Destacan que en el Artículo Séptimo Transitorio diga que las concesiones y permisos que fueron otorgados en el régimen anterior se rijan por la disposiciones previas a la presente reforma y en el Artículo Octavo Transitorio se pretende establecer que los actuales concesionarios se les otorgue la potestad para prestar servicios adicionales a transitar a la concesión única, previo pago de las contraprestaciones correspondientes.
Por otra parte, en el artículo Décimo Octavo Transitorio se propone que la Procuraduría Federal del Consumidor sería la defensora de los derechos de los usuarios y no el IFT, como lo establece la reforma constitucional.
Independientemente de los acuerdos a los que haya llegado el gobierno con los poderes fácticos o incluso, como integrantes de los partidos políticos, el Senado de la República ejercerá plenamente sus facultades constitucionales y legales en esta materia, a través de sus grupos parlamentarios, comisiones y pleno. Las y los senadores del PRD reiteramos nuestro compromiso para que las leyes en materia de telecomunicaciones y radiodifusión se apeguen al sentido y objeto de la reforma constitucional en esta importante materia.
Coordinador del PRD en el Senado de la República.
