Dos hechos en Oaxaca

Humberto Musacchio

Hay que respetar los usos y costumbres de los núcleos indígenas, pero de ninguna manera en menoscabo de los derechos constitucionales de que disfruta todo mexicano. Lo que parece obvio, cabe señalarlo ahora, cuando la prensa ha difundido que en Oaxaca se pretende hacer ley de costumbres poco edificantes y los usos son o se han convertido en abusos.

El reciente caso de una niña que fue vendida por su familia y obligada a contraer matrimonio con un hombre muchos años mayor, reveló que el tráfico de infantes y la trata de personas es común en ese submundo de ilegalidades que se ampara en la expresión “usos y costumbres”. La niña huyó del tipejo que la había comprado y la “justicia” local metió a la cárcel a la chamaca como si hubiera cometido un delito, sin considerar que ella era la víctima de fórmulas sociales altamente lesivas para la dignidad y la integridad de las mujeres.

Otro asunto aberrante se ha difundido en estos días. En el municipio de San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, con el peregrino argumento de que todo estaba apegado al “sistema normativo interno”, en asamblea pública los hombres decidieron mantener a las mujeres fuera de la vida política, excluir las candidaturas femeninas a puestos de elección e impedir que las damas voten en los comicios.

Este grosero ejemplo de marginación por razones de género estalló en octubre del año pasado, cuando se impidió a las mujeres tomar parte en la elección de autoridades municipales (nota de Jorge A. Pérez Alonso en La Jornada, 19/III/2014).

Era tan evidente la negación de derechos, que el proceso de elección se repuso con la inclusión de dos mujeres en una de las planillas, pero los ganadores fueron los mismos. Las féminas, ya organizadas para entonces, recurrieron al Tribunal Estatal Electoral, que para su sorpresa declaró que se había respetado el derecho de las mujeres a votar y ser votadas.

Acudieron entonces a la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pero los ineptos magistrados emitieron un fallo similar. El caso llegó entonces a la sala superior del mismo tribunal, donde se reconoció que en San Bartolo Coyotepec no fueron atendidos “los principios de universalidad y equidad previstos en la Constitución” ni los tratados internacionales y ordenó realizar una elección extraordinaria.

Muy bien, pero es dudoso que está vez sí se respete el derecho de las mujeres. La federación debe tomar cartas en el asunto y analizar si el régimen de usos y costumbres puede prevalecer sobre los derechos constitucionales. A la luz de los hechos la respuesta es no.