El saldo es positivo

Raúl Jiménez Vázquez

Recientemente, representantes de las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores comparecieron ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU con el fin de fijar la postura del Estado mexicano respecto a los 176 focos rojos en materia de derechos humanos, resultantes del examen periódico universal.

Ahí, nuestro país aceptó 166 de las observaciones, obligándose a atender, entre otros graves problemas, las desapariciones forzadas, torturas y ejecuciones extrajudiciales atribuidas a miembros de las Fuerzas Armadas; la abominable práctica de la fabricación de culpables; la desprotección de pueblos indígenas, niños, migrantes, periodistas y defensores de derechos humanos; y la prevalencia del fuero castrense en delitos cometidos por militares en contra de civiles.

Vale recordar que en el fallo recaído al caso Rosendo Radilla Pacheco, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró contrario a la Convención Americana sobre Derechos Humanos el artículo 57, fracción II, del Código de Justicia Militar, el cual dispone que cuando en un delito concurran militares y civiles, los primeros serán juzgados por la justicia militar, argumentando que se trata de una extralimitación del fuero de guerra y que, en tal caso, los milicianos deben ser sometidos a la jurisdicción de los tribunales ordinarios, pues no se trata de meras faltas contra la disciplina castrense. Así pues, es necesario que el Congreso de la Unión apruebe la correspondiente reforma legislativa.

Las 10 recomendaciones restantes no fueron aceptadas, destacando por su importancia la negativa a la eliminación de la figura del arraigo, pese a ser violatoria de los derechos humanos al debido proceso y a la presunción de inocencia; así como el no reconocimiento de la competencia del Comité de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas para recibir quejas relativas a casos específicos, con lo que se acentúa el estado de indefensión en el que son colocadas las víctimas de este brutal ataque a la dignidad humana.

No obstante esos pelos en la sopa, el saldo es positivo y debe ser complementado con otras acciones: I) el retiro de la declaración interpretativa agregada a la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, que ha impedido el juzgamiento de crímenes de Estado perpetrados en las décadas de los sesenta y setenta, II) la firma del Protocolo II de los Convenios de Ginebra, instrumento reglamentario de los conflictos armados de carácter interno, III) la reforma al párrafo octavo del artículo 21 constitucional a efecto de que el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional sea absoluto e incondicionado, y no caso por caso.

Se ha abierto sin duda un momentum valioso para que Peña Nieto y su equipo destierren la nefasta cultura de la simulación, la gesticulación y los compromisos de papel, y abracen con genuina convicción la causa de los derechos humanos.