Carlos A. Flores

Uno de los temas que impulsan actualmente las cancillerías de Francia y México, se refiere a limitar el poder o derecho de veto especialmente en lo relativo a la investigación de crímenes de lesa humanidad. Según la declaración conjunta firmada el pasado 25 de septiembre, Francia y México exhortan a los miembros permanentes del Consejo de Seguridad (Consejo) a no utilizar su poder de veto en los casos de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra en gran escala.

Si bien es cierto que los propósitos de las Naciones Unidas tienen que ver con mantener la paz y la seguridad internacionales con base en la supresión de actos de agresión y el arreglo pacífico de controversias; el derecho de veto, ejercido por países hegemónicos representados ante el Consejo, constituye una contradicción absoluta a los principios de igualdad entre naciones y buena fe en el cumplimiento de las obligaciones internacionales adquiridas. En suma, representa un verdadero candado.

Como se sabe en la constitución de la Organización de las Naciones Unidas se consideró la creación del Consejo como uno de sus órganos internos. En la conferencia de San Francisco de 1945 se acordó que los miembros permanentes del Consejo deberían tener poder o derecho de veto sobre todas las decisiones de fondo asumidas en dicha instancia.

Este acuerdo fue negociado previamente en Crimea bajo la denominada “fórmula de Yalta”. En ella se destacó la supremacía de las naciones vencedoras de la Segunda Guerra Mundial quienes, además, podían vetar resoluciones para prevenir la adopción de medidas de fuerza en contra de sus intereses.

En la actualidad, los países con poder de veto son Reino Unido, Estados Unidos, la Federación Rusa, China y Francia. Los países que más han utilizado el derecho de veto son Estados Unidos y Rusia. En los últimos treinta años, han bloqueado resoluciones de fondo del Consejo sobre conflictos armados en zonas sobre las que alguna de estas potencias tiene interés geopolítico.

Entre 1982 y 1985, por ejemplo, Estados Unidos vetó resoluciones del Consejo sobre los conflictos bélicos en los Altos del Golán, Nicaragua, Oriente Medio, Líbano y las Islas Malvinas, en este último caso en conjunto con el Reino Unido.

Entre 1997 y 2007, la diplomacia americana vetó resoluciones de fondo del Consejo relacionadas con Palestina, Bosnia y Gaza.

Si bien la mayor parte de los vetos de la entonces denominada Unión Soviética se produjeron en plena guerra fría, la actual Federación Rusa, entre 1993 y 1994, vetó resoluciones sobre los enfrentamientos en Chipre y Bosnia—Herzegovina.

¿Cuál habría sido la historia sin el veto ejercido por un país hegemónico?

A lo largo de estos años innumerables violaciones a los derechos humanos se han documentado en cada uno de estos enfrentamientos armados.

Así, en el mundo actual sacudido por más de veinte conflictos armados diseminados sobre todo en Asia y África —donde destaca la violación de los derechos humanos de la población civil indefensa—, es imperiosa la limitación del mencionado derecho de veto en pro del fortalecimiento de las instituciones de justicia internacional, el derecho humanitario y la investigación de crímenes de lesa humanidad.

@CarlosAFlores