Con la decisión de este viernes de mantener la imputación de la Infanta por delito fiscal, disminuyen las expectativas de que permanezca el juicio del caso Urdangarin en el que había 13 recursos en debate.

Sobre el asunto concreto que involucra a la infanta Cristina, la Audiencia de Palma tenía que decidir sobre dos acusaciones, delito fiscal y blanqueo de capitales, estipuladas por el juez José Castro en el auto de finalización de la instrucción, sin embargo del blanqueo de capitales ha sido librada.

En el caso de que se hubiera mantenido una acusación de blanqueo de capitales -y contando con la única acción acusatoria prevista, la del pseudo sindicato ultra Manos Limpias-, fuentes jurídicas consideran que la hermana del rey Felipe VI hubiera tenido que estar arraigada, sin otra posibilidad.

Ahora que la Audiencia decidió que solo será inculpada por delito de fraude fiscal, la situación es más compleja. En los medios judiciales ajenos a la causa se ve improbable que la Infanta vaya a juicio, por la aplicación de la llamada doctrina Botín del Tribunal Supremo, que dicta que solo una acusación popular no es suficiente para iniciar un juicio.

Cristina de Borbón sí será parte del juicio sin que sea necesaria su presencia, puede ser citada como testigo por una parte. La Fiscalía Anticorrupción reclamará a la esposa de Iñaki Urdangarin que abone al fondo público más de 600 mil euros del erario supuestamente falseado por su marido y que este canalizó a la compañía familiar Aizoon, de la que ella se benefició por ser copropietaria al poseer la mitad de las acciones.

Después de la resolución de la Audiencia, el juez dictará el auto de apertura de juicio oral, que es definitivo sin posibilidad de recurso, es inapelable. El instructor actuará en función de los escritos de acusación y si nadie acusa a algún imputado, el juez no puede seguir acusándolos, a menos que el juez considere por su cuenta la causa, entonces cabría un recurso.

Las acusaciones deberán presentar en el juzgado de José Castro las conclusiones provisionales: la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado, la Abogacía de la Comunidad de Baleares, Manos Limpias y el grupo socialista del Ayuntamiento de Valencia, que fijarán a quiénes acusan, de qué delitos y qué penas solicitan; tras conocerse el auto de apertura de juicio con los cargos, las defensas de los inculpados presentan sus escritos de conclusiones.

El caso Nóos o caso Urdangarin que acumula una importante carga de causas judiciales se juzgará en 2016, según fuentes de la Audiencia de Palma. La Audiencia sólo se ha ocupado del procedimiento más no del fondo de los casos, en una sala integrada por Diego Gómez-Reino, Juan Jiménez y Mónica de la Serna; los dos magistrados son progresistas y la tercera es conservadora. Por reparto ordinario se decidirá el ponente del caso para el juicio —entre los once magistrados de la Audiencia— y aquel formará tribunal.

El documento de 160 páginas de la Audiencia ha confirmado las acusaciones contra Urdangarin, su ex socio Diego Torres, y la esposa de éste Ana María Tejeiro.

El esposo de la infanta encabezaba junto a Torres el Instituto Nóos, que realizaba algunas actividades con los gobiernos de las Islas Baleares y la Comunidad Valenciana, y a través de los cuales se transferían fondos públicos, de los que presuntamente se malversaron seis millones de euros (7.4 millones de dólares).

 Los presuntos delitos de Urdangarin y Torres son malversación de fondos públicos, fraude a la administración pública, falsedad documental, prevaricación, delitos contra la Hacienda Pública y lavado de dinero.