Seguridad y procuración de justicia

Marco Antonio Aguilar Cortés

Cuando el artículo 13 de la Constitución federal dispone que “nadie puede ser juzgado… por tribunales especiales” está expresamente prohibiendo ese tipo de tribunales, para que jamás apliquen el derecho en la resolución de un caso con interés controvertido.

Sin embargo, una sana interpretación de ese mandato constitucional es que dicha norma jurídica fundamental prohíbe toda autoridad especial, pues para eso nuestro sistema legal instituye todas las autoridades ordinarias, las que son competentes para conocer de todos los casos que les indiquen los preceptos jurídicos vigentes.

Por ello, todas las comisiones especiales que las dos cámaras del Congreso de la Unión establezcan, respectivamente, son candidatas a la inconstitucionalidad.

De esa manera, la comisión especial que la Cámara de Diputados designó para investigar el reciente caso de los alumnos desaparecidos de la Normal Rural de Ayotzinapa tiene las limitantes que nuestra Carta Magna establece; empero, sus conclusiones, dadas a conocer a los medios masivos de comunicación, son acusadoras para los tres niveles del gobierno mexicano.

Resolver “que sí existió desaparición forzada de 43 alumnos”; y “que sí sufrieron una serie de violaciones a sus derechos humanos, como tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como ejecuciones extrajudiciales”, aunque se trate de un informe calificado de preliminar, sí tiene consecuencias y efectos, al menos en la opinión pública mundial.

Agrega que la comisión está preocupada al observar que se pretende “criminalizar a las víctimas como una manera de justificar los hechos que sufrieron y sufren sus familiares, causando un agravio más a sus derechos”.

Expresa que esa comisión constató que las fuerzas armadas federales y estatales vigilaron por horas a los normalistas y a la policía municipal, en sus confrontas y en los inmediatos resultados de ellas, y nada hicieron, sólo reportaron a sus jefes.

Y los jefes tampoco hicieron nada. Ante tanta brutalidad y violación a los derechos humanos fueron omisos. Dejaron hacer, dejaron pasar. Minuto por minuto, hora por hora.

Por acción y por omisión las conductas humanas actualizan las hipótesis jurídicas de diversos tipos de delitos, en el caso. ¡Que apliquen el derecho penal, en la especie, las autoridades competentes ordinarias, y no las especiales!

Por otra parte, el presidente Enrique Peña Nieto ha empezado a esbozar el proyecto para constituir un pacto nacional que “emprenda cambios de fondo en la seguridad pública, en la procuración de la justicia, en la administración de ella, fortaleciendo las instituciones y asegurando la plena aplicación del derecho”.

La idea es buena, siempre y cuando sea para transformar a fondo la estructura en esas materias. No perdamos el tiempo bombeando oxígeno a cadáveres descompuestos.