El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera afirmó que los tres operadores de la pipa y la empresa de Gas Express Nieto serán sujetos a investigación por la explosión del Hospital Materno por homicidio culposo, lesiones y daños en propiedad ajena.

Explicó en entrevista para Televisa que será a través de un juicio oral, como se lleven a cabo las indagatorias contra los responsables y aseveró que se están siguiendo las reglas del nuevo procedimiento y que poco a poco se irá integrando la investigación

Por otra parte, el procurador de justicia Rodolfo Ríos Garza, informó que los tres operadores rindieron su declaración el día de ayer y coinciden con la forma en que ocurrieron los hechos.

Declararon que la fuga de gas que provocó la explosión en el Hospital Materno Infantil de Cuajimalpa, que provocó la muerte de 3 personas y 66 heridos, estaba en la parte media baja de la pipa.

El procurador de Justicia, al detallar los hechos, dijo que los operadores de la pipa de gas llegaron a abastecer el hospital de manera normal, sacaron la manguera, y uno de ellos subió al primer piso para conectar la manguera a la toma de los tanques del hospital. Cuando estaban abasteciendo el gas, escucharon un ruido y se dieron cuenta de que hay una fuga en la parte media de abajo de la pipa.

Los operadores al darse cuenta de la fuga, intentaron taparla con trapos húmedos, al no lograrlo, realizaron la llamada de emergencia y tres minutos después llegaron elementos de la Secretarías de Seguridad Pública del DF y cuerpo de bomberos.

Ríos Garza señaló que los operadores de la pipa intentaron maniobrar la válvula , pero no se pudo evitar la fuga”, y que ocasionó una especie de neblina en el lugar.

Además agregó que la declaración del vigilante del hospital coincide también con la de los tres operadores de la pipa y explicó que habrá que esperar el resultado de los dictámenes periciales, que son los que dirán que ocurrió, para así fincar responsabilidades.

 

Delitos por los que serían procesados

En base al Código Penal Federal, al delito de homicidio culposo se impone la cuarta parte de las penas y medidas de seguridad asignadas por la ley y se les suspende por tres años de derechos para ejercer su profesión u oficio; el homicidio culposo consiste en causar la muerte a un ser humano obrando con culpa o sea sin intención, pero con negligencia.

En cuanto al delito de lesiones por el cual serán también acusados los operadores de la pipa, el artículo 288 el Código Penal señala que se comprende como lesiones no solamente las heridas y escoraciones, sino toda la alteración en la salud y cualquier otro daño que deja una huella material en el cuerpo humano, si esos son producidos por una causa externa.

Por el delito de daño en propiedad ajena, se les podría imponer de cinco a diez años de prisión y multa de cien a cinco mil pesos, a los que causen incendio, inundación o explosión con daño o peligro.