La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) asesorará a los causantes que quieran presentar un amparo en contra del límite a las deducciones personales aprobado en la pasada reforma fiscal.
Esto debido a que en la reforma fiscal del 2013, se aprobó poner un tope a las deducciones personales, en una proporción menor entre 10 por ciento de sus ingresos anuales o cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica respectiva, es decir 93 mil 104.20 o 98 mil 243.40 pesos.
A consideración del ombudsman del contribuyente, las restricciones del artículo 151 son violatorias de derechos fundamentales, como lo son el mínimo vital y las garantías constitucionales de proporcionalidad y equidad.
Lo anterior, opinó, resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables, que a su vez son quienes tienen ingresos más reducidos, como son los padres de familia o personas de la tercera edad que no cuentan con seguridad social, pues no gozan de un salario fijo.
Y es que gastos en salud o el pago de intereses por adquisición de vivienda, sólo podrán deducirse hasta 10%, limitación que distorsiona su capacidad contributiva y afecta su mínimo vital.
Por ejemplo, si dos personas tienen una urgencia médica que les cuesta, a cada una de ellas, 50 mil pesos, pero uno de esos contribuyentes sólo tiene ingresos anuales por 200 mil pesos y el otro los tiene por un millón; el más necesitado, es decir, el que gana 200 mil, sólo podrá deducir 20 mil de los 50 mil gastados.
