FRONTERAS

 

 

 

 

Fernando Villamizar Lamus*

La Antártida es un continente de características únicas, no tiene población humana indígena, posee una amplia gama de recursos minerales y naturales, y unas condiciones climáticas extremas. No obstante esas difíciles condiciones, la ambición humana pudo más y poco a poco se fue aproximando a este inhóspito lugar. Las aventuras para explorar el continente blanco son dignas de ser calificadas de odas heroicas, como la famosa carrera por el polo sur, entre Roal Amudsen y Robert Falcon Scott, que terminó con el triunfo del primero el 14 de diciembre de 1911. Con esta gesta heroica se aumentó aún más el interés por tener el control territorial de al menos una parte de la Antártida, y las reclamaciones territoriales que se habían iniciado años antes, empezaron a estar a la orden del día.

¿De quién es la Antártica?

Es así como desde 1908 y hasta 1942, 7 Estados formularon su reclamación de soberanía, algunas de las cuales se sobreponen, y con éstas empezaron a darse disputas por aumentar el ámbito de influencia territorial en el continente blanco. Para evitar que las mencionadas disputas escalaran a grandes conflictos y con el objetivo de organizar la administración de la Antártida, en la primera mitad del siglo XX los estudiosos de los asuntos diplomáticos y de Derecho Internacional plantearon tres posibles soluciones. Por una parte, se propendía la creación de un mecanismo internacional de cooperación restringido a los Estados involucrados directamente en la Antártica. Una segunda propuesta apuntaba a internacionalizar la Antártida para asuntos y actividades específicas. La tercera propuesta, pretendía una internacionalización general de la Antártida, sujeta a la Sociedad Naciones, hoy ONU, o a la creación de una organización internacional exclusiva para la administración del continente blanco y de sus zonas aledañas.

Ninguna de estas propuestas tuvo éxito hasta finalizada la Segunda Guerra Mundial cuando renació el interés por la Antártida, especialmente por parte de los Estados Unidos, que buscó obtener el liderazgo en la gestión diplomática de la futura solución al tratamiento internacional que debería detentar la Antártida, y formuló 2 propuestas a los 7 Estados reclamantes. La primera propuesta consistía en poner la Antártida bajo fideicomiso de la ONU, de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Carta de las Naciones Unidas. La segunda propuesta consistía en una internacionalización limitada de la Antártida mediante un condominium, en el cual los Estados reclamantes ejercerían una soberanía conjunta de conformidad con el Derecho Internacional.

El legado chileno: el Plan Escudero

Las propuestas norteamericanas fueron rechazadas unánimemente por los Estados reclamantes, pero como contrapropuesta Chile formuló el llamado “Plan Escudero”, nombre que hacía homenaje a su creador el profesor chileno Julio Escudero Guzmán. El “Plan Escudero” consistía básicamente en que los 7 Estados reclamantes de territorio antártico suspendieran sus reclamaciones por un tiempo determinado, sin abandonar sus aspiraciones, para habilitar una negociación de la misma forma en que se hizo en los acuerdos de statu quo del Mar Báltico, suscritos en 1908 por las potencias europeas. Esta idea del “Plan Escudero” fue posteriormente la base del artículo IV del Tratado Antártico, pero antes de ser acogida y plasmada en ese instrumento legal, la disputa por los territorios antárticos tuvo incidentes de relevancia como la destrucción de las bases chilenas y argentinas en la Isla Decepción por parte del barco británico HMS Snipe.

Origen del Tratado Antártico

Cuando las tensiones iban al alza y no se vislumbraba una solución, tuvo lugar un evento que cambiaría el devenir antártico. El Año Geofísico Internacional (AGI) celebrado entre julio de 1957 y diciembre de 1958, y cuyo objetivo era el estudio de los polos y del espacio exterior, establece una serie de principios que habilitan el diálogo político, por ese entonces resquebrajado, entre las potencias antárticas y otras interesadas. Como efecto del AGI, se celebra la Conferencia de Washington entre octubre y diciembre de 1959, cuyo resultado es el Tratado Antártico, firmado el primero de diciembre de 1959 y cuya entrada en vigor tiene lugar el 23 de junio de 1961.

El artículo IV del Tratado Antártico, establece que sin menoscabar o renunciar a las reclamaciones territoriales ya realizadas, se suspende la soberanía, de manera que ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras el Tratado se halle vigente constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en la Antártida, ni para crear derechos de soberanía en esta región. Tampoco proceden nuevas reclamaciones a las anteriormente hechas, ni se pueden ampliar las realizadas. Consideramos que estas disposiciones del artículo IV han permitido que aunque haya discrepancias y contraposición de intereses, la cooperación y el diálogo diplomático hayan imperado respecto de la Antártida desde 1961.

De no existir el artículo IV, los términos de las relaciones antárticas estarían dados por la fuerza, porque los Estados reclamantes muy probablemente buscarían resguardar sus intereses ejerciendo su soberanía con todos los recursos que poseen. En consecuencia, no es difícil pensar que los eventuales choques de intereses y la coincidencia territorial de varias reclamaciones culminen en campañas bélicas, que dada la variedad de actores muy seguramente tendría alcance global y unas consecuencias nefastas.

*Académico del Observatorio Nacional de Paz y Seguridad en Santiago de Chile.