El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, anunció que el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal entrará en vigor en 120 días naturales a partir del 17 de agosto y, en algunos casos, será hasta el primero de enero de 2016.
En el marco de la conmemoración del “Día Internacional del Peatón”, el Jefe de Gobierno dijo que se estipuló este lapso para colocar las señalizaciones viales que harán falta, así como para capacitar a los elementos de Seguridad Pública y, sobre todo, para que la ciudadanía se familiarice con las nuevas disposiciones del Reglamento.
Sobre los casos particulares que entrarán en vigor en enero, puntualizó que se trata de mejorar la seguridad de los ciclistas y peatones con la colocación de aditamentos o barras protectoras laterales que deberán llevar los camiones para evitar que las personas sean arrolladas.
Al respecto, Areli Carreón, de la asociación civil Bicitekas, destacó que el nuevo Reglamento está diseñado sobre las bases de prácticas internacionales de probada eficacia, como es el modelo “Visión Cero”.
Este concepto apela a que las muertes por hechos viales son prevenibles y, para disminuirlas a cero, se deben aplicar diversos ejes de acción que van desde el diseño vial hasta el fortalecimiento de la legislación y el diálogo público.
Por su parte, el Consejero Jurídico y de Asuntos Legales de la Ciudad de México, Manuel Granados Covarrubias, sostuvo que las innovaciones contenidas en el nuevo Reglamento de Tránsito lo convierten en uno de los mejores del país y de América Latina.
Indicó que entre las nuevas disposiciones se contempla lo siguiente:
-Reducción de la máxima velocidad permitida de 70 a 50 kilómetros por hora en vías primarias y de 80 kilómetros en vías de acceso controlado.
– No respetar los límites de velocidad será motivo de una multa de 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX.
-El transporte de carga deberá tomar medidas de seguridad para ciclistas con la colocación de barras laterales.
-Se aplicarán multas más severas para fomentar el uso obligatorio del cinturón de seguridad en todos los pasajeros y los aditamentos de seguridad para menores de edad.
-Se incrementarán los montos de las multas por no respetar los límites de velocidad, por estacionarse en banquetas, rampas para personas con discapacidad o cruces peatonales, y por la portación de anuncios publicitarios no autorizados.
– En el caso del transporte público, por realizar ascenso o descenso en lugares no autorizados o indicados expresamente.
-Se sancionará con una multa de cinco a 10 veces la Unidad de Cuenta vigente en la CDMX en el caso de generar ruido excesivo en congestiones vehiculares.
-Cuando las unidades de emergencia utilicen luces encendidas y señales audibles y no sea para asistir a un evento de este tipo, serán sancionadas con 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta.
– En el caso de utilizar el teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación, sin detener el vehículo, se aplicará una multa de 30 a 35 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX (alrededor de 2 mil 100 pesos).
En este sentido, Granados Covarrubias detalló que estas medidas se toman para abatir las cifras que señalan que México ocupa el séptimo lugar en el mundo en muertes por accidentes viales, ya que al año mueren cerca de 24 mil personas por estos motivos y en la CDMX son aproximadamente mil 200 personas las que pierden la vida por esa causa.
El nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal puede consultarse en internet siguiendo el siguiente vínculo:
http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/0dfe0f2c2728da104e72f26974d2ad23.pdf
LÍNEAS GENERALES PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS
El conductor de un vehículo motorizado que no respete la preferencia de paso y/o la prioridad de uso de los peatones se sancionará así:
Conductores que desobedezcan las señalizaciones viales e indicaciones de los agentes de tránsito, realicen maniobras con el objeto de intimidar o maltratar físicamente a los usuarios de vías peatonales.
Aquellos que utilicen el claxon con un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito en condiciones de congestión vehicular y provoquen ruido excesivo con el motor.
Los conductores que no hagan un uso responsable en los carriles de circulación ni guarden la distancia adecuada, además de que hagan un uso incorrecto de las luces direccionales, no respeten la velocidad en zonas escolares y asciendan o desciendan del vehículo sobre el carril contiguo a la acera.
Conductores que no respeten los límites de velocidad en vías de acceso controlado, primarias y secundarias, así como en zonas de tránsito calmado, escolares, de hospitales, asilos, albergues y casas hogar.
Aquellos que no den preferencia al peatón, a los vehículos no motorizados y de emergencia, así como quienes no respeten los altos y quienes den vuelta continua a la derecha y a la izquierda, excepto cuando exista un señalamiento que expresamente lo permita.
Quienes invadan los cruces peatonales marcados en el pavimento, se estacione en un área de espera para bicicletas o motocicletas, circule sobre aceras, vías ciclistas y lugares prohibidos o den vuelta en “U” cerca de una curva y donde el señalamiento restrictivo expresamente lo prohíba
También aquellos que circulen sobre carriles exclusivos para transporte público en el sentido de la vía o contraflujo, así como aquellos que realicen ascenso y descenso de personas en carriles centrales de las vías de acceso controlado.
Unidad de Cuenta de la Ciudad de México UCCDMX: $69.95



