Límites y facultades no son claros

 

No puedes guiar el viento, pero puedes

cambiar la dirección de tus velas.

Proverbio chino

Hace apenas unos días, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de reforma constitucional que modifica el régimen de la Ciudad de México, una vez que más de la mitad de las entidades federativas del país aprobaron los cambios constitucionales; con ello, en teoría el Distrito Federal pasa a ser un estado más de la federación, sería la entidad 32 de la república mexicana, y el nombre oficial con el que se denomine será Ciudad de México; el gobierno actual de la ciudad capital ha determinado usar las iniciales como identificación que ya vemos en cromáticas de transporte y en edificios gubernamentales las siglas CDMX.

Dije en teoría porque esta reforma constitucional y la difusión sobre ella hace creer que la ciudad pasa a ser una entidad federativa más con todos los derechos y obligaciones que ya tienen las otras 31 entidades; pero eso no es así y vamos a ver por qué. La primera gran diferencia con las otras entidades federativas radica en que en ésta se encuentran asentadas las sedes de los poderes federales, es decir, es el corazón político y económico de la república.

En Estados Unidos la sede de los poderes están concentrados en un distrito capital llamado Distrito de Columbia y es una entidad distinta a los 50 estados de la Unión Americana que depende del gobierno federal. Tanto la ciudad de Washington como el Distrito de Columbia cuentan con la misma autoridad municipal, pero la entidad no tiene voto en el Congreso, sólo tiene un representante con voz; en América Latina está el caso de Colombia que también cuenta con un distrito capital, que es Bogotá, D. C, y es la sede de poderes federales y del estado de Cundinamarca.

Al menos en estos dos ejemplos están perfectamente claros los limites y facultades.

En el caso del estado 32 no están los límites y facultades del todo claros pues no termina de ser una entidad completa, ya que las delegaciones pasan a ser entidades territoriales, no municipios como en el resto del país, tendrán una especie de concejales pero no síndicos y regidores y mucho menos contarán con la autonomía municipal y el manejo libre de su hacienda; en los hechos seguirán siendo apéndices del gobierno central de la ciudad.

Alrededor de nueve millones de personas pasarán a un nuevo régimen jurídico, un hibrido, por ello considero que no podemos hablar de un estado 32, pues en esencia no lo es. En la modificación al artículo 122 constitucional lo más innovador es que la Ciudad de México tendrá una Constitución propia y formalmente la Asamblea Legislativa del Distrito Federal pasará a ser Congreso local.

Las determinaciones finales de la nueva entidad deberán ser establecidas por una Asamblea Constituyente formada por cien legisladores que deberán lograrlo antes del 31 de enero de 2018.

 

@perezcuevasmx

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