La paz negociada
El país, la madrugada del primero de enero del lejano 1994, se cimbró por la irrupción de un grupo guerrillero que se apoderó de San Cristóbal de las Casas y otras poblaciones adyacentes, declarando la guerra al Estado mexicano. Las primeras horas y días enfrentó a dos sectores del gobierno, los duros, que incitaban a destruirlos a “sangre y fuego” y otro que preconizaba la conciliación, el dialogo y lograr la paz con los insurrectos.
Tras la primera respuesta militar, venció la opción de la paz negociada. Así, se inició lo que se denominó el diálogo de la catedral, gracias a la intervención de los fallecidos Manuel Camacho Solís y el obispo Samuel Ruiz.
Los avatares políticos de la sucesión presidencial de ese año, aunado a otros factores, como el rechazo a nuevos negociadores en sustitución de Camacho, pospuso la negociación de la paz, hasta el nuevo régimen zedillista. El proceso fue arduo y complicado, para esta brevísima recordación el 16 de febrero, de los veinte años de lo que se conoce como los Acuerdos de San Andrés, traeré a la memoria del lector algunos antecedentes.
En principio, habrá que aclarar que estos olvidados, desconocidos y malinterpretados acuerdos pocos los conocen y muchísimos hablan de ellos, aunque ignoren su contenido. Lo que se conoce como Acuerdos de San Andrés son denominados así por haber sido acordados en San Andrés Larráinzar, Chiapas, localidad cercana a San Cristóbal de las Casas, donde inicio mi narración.
En principio, para asegurar a los zapatistas la seriedad de la negociación y otorgar certeza, el Ejecutivo federal envió al Congreso de la Unión un proyecto de Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, que fue aprobada el 10 de marzo de 1995.
Con base en esa ley, las partes emitieron la Declaración Conjunta de San Miguel, acordada el 9 de abril de 1995, que establece los principios, y el diseño general de la negociación.
Posteriormente, el 15 de mayo se consensan las medidas mínimas de seguridad para los encuentros entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y el gobierno federal. Luego, el 11 de septiembre de ese mismo año de 1995, las partes acordaron una agenda, formato, protocolo y bases para el diálogo y la negociación de un acuerdo de concordia y pacificación con justicia y dignidad entre el gobierno federal y EZLN.
La agenda general acordada incluyó como temas derechos y cultura indígena; bienestar y desarrollo; democracia y justicia y, finalmente, derechos de la mujer en Chiapas. El diálogo y la negociación en sí, en las mesas, solamente se desarrolló el tema “Derechos y cultura indígena”, de la agenda general. Lo que se acordó es lo que se conoce como Acuerdos de San Andrés, que es como se conocen los Acuerdos Resolutivos de la mesa I, signados el 16 de febrero de 1996 y que constan de cuatro documentos. La mesa II, sobre el tema “Democracia y justicia” se inició, pero quedó inconclusa sin llegar a acuerdos, porque la delegación zapatista, aduciendo diversas razones, abandonó la mesa de negociación, y el diálogo no se ha reiniciado.
Tal y como se acordó en San Andrés, posteriormente el Ejecutivo federal envió una iniciativa de reforma constitucional y luego una ley sobre derechos indígenas. A este respecto, los zapatistas y sus asesores estuvieron inconformes con la redacción final realizada por el Legislativo, lo cual siempre se resaltó en las negociaciones de paz, que para ello estaban presentes en la mesa de negociación los legisladores diputados y senadores integrantes de la Comisión de Concordia y Pacificación, conformada por miembros de todos los bloques parlamentarios de ese tiempo y que se responsabilizaban de procesarlos en el ámbito legislativo.
En conclusión, los Acuerdos de San Andrés están reflejados en la Constitución y en la legislación secundaria, aunque sea respetable la opinión de quienes no están conformes con el texto legal final.
