Retraso del apagón analógico
(V-VI)
Con el fin de retrasar el apagón analógico hasta el 31 de diciembre de 2016, el Congreso de la Unión modificó la Constitución política provocando las siguientes repercusiones generales en el ámbito de los medios públicos, de los acuerdos internacionales y de los derechos de las audiencias.
En cuanto a los medios de difusión públicos
- El argumento de apuntalar a los medios públicos para otorgar esa exención, fue, en última instancia, la estrategia tramposa que se utilizó para apoyar a las televisoras públicas que por falta de recursos financieros no modificaron sus equipos para la transmisión digital. Hay que considerar que del conjunto de sistemas de televisión pública que existían en el país, únicamente ocho no habían terminado el ajuste de todos sus equipos al 31 de diciembre de 2015. Por ello, tal justificación no fue para apuntalar a los medios públicos, ya que eran muy pocos los que no se habían modernizado; sino fue para aprovecharlos como coartada política para beneficiar a los monopolios privados de la televisión, pues en el artículo décimo noveno transitorio de la ley de telecomunicaciones ya se establecía que las televisoras no comerciales que al último día de 2015 no estuvieran en condiciones de comenzar a difundir en formato digital, podrían solicitar una suspensión temporal de sus emisiones o la reducción de su potencia de emisión.
Si en verdad los legisladores hubieran querido ayudar a las televisoras públicas podrían haberles autorizado mayores recursos económicos, o podrían haber creado un fondo estatal con partidas presupuestales especiales para tal acción, o podrían haberles permitido comercializar parte de sus espacios como solicitaron en el 2014 para realizar dicha transformación tecnológica, etc. Por ello, autorizarles que únicamente difirieran sus transmisiones, sin otorgarles apoyos financieros para su evolución tecnológica, no resolvió el conflicto de origen, que era su pobreza económica; sino sólo pospuso el estallido de su incapacidad institucional para evolucionar a la etapa digital y evitar su muerte.
En consecuencia, la reforma al artículo 19 transitorio no ayudó de manera relevante a los medios públicos, pues era un beneficio jurídico del que ya gozaban con anterioridad, y con la modificación constitucional introducida, se favoreció de forma extra a las empresas privadas, impidiendo que pagaran al Estado sus multas correspondientes, sin resolver el conflicto esencial de la comunicación de Estado.
- Por ello, el argumentar que para apoyar a los permisionarios públicos y sociales se debía posponer el apagón, no fue más que disfrazar la protección de los intereses privado-comerciales por encima del interés público. Esto debido especialmente a que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes cumplió aceptablemente con la entrega de televisores para alcanzar la transición digital, logrando que 9 de cada 10 mexicanos tuvieran acceso a una mayor oferta de canales de televisión gratuitos.
En el rubro de los acuerdos internacionales
- Con dicha modificación jurídica se incumplió parcialmente el tratado internacional en materia de telecomunicaciones que el gobierno mexicano firmó bilateralmente con Estados Unidos y en el cuál México se comprometió a liberar completamente la banda de 700 MHz tras el apagón. Esta acción resultaba indispensable para que aquel país realizara sus licitaciones de espectro incentive auctions.
En relación a las audiencias
- Se alteró el derecho de las audiencias al limitar el acceso a una mayor oferta de canales audiovisuales, especialmente cuando se licitó una tercera cadena nacional de televisión digital abierta y se previó la autorización de más canales como una medida anti monopólica para impulsar un mercado con mayor competencia y diversidad.
- Al no iniciarse las transmisiones digitales en tiempo y forma como indicaba la Carta Magna, tal servicio dejó de prestarse a toda la población afectando la continuidad de dicho servicio público de radiodifusión. Esto atentó contra su derecho a la información, la garantía de libertad de expresión y el derecho de acceso a las TIC.
- Se perpetuó un modelo de televisión analógica de pésima calidad que se encuentra en crisis de credibilidad y de rating por su bajo nivel de contenidos. El duopolio televisivo que detentan Televisa y TV Azteca está asentado sobre la lógica de acaparación del actual espectro e impedir el acceso de nuevos competidores, con lo cual conservaron el monopolio de su prototipo de difusión de telebasura.
La digitalización de las señales permitiría que se crearan cinco o seis canales más por cada señal analógica de televisión que existía. En México existen nueve canales de televisión abierta con cobertura nacional. La digitalización permitiría 40 o más de 50 canales y no todos necesariamente con el modelo comercial existente, lo que incentivaría fuertemente la competencia audiovisual.
- En el fondo, dicha modificación jurídica no les servirá a todos los televidentes, pues en las zonas donde hay estaciones de baja potencia que seguirán difundiendo con tecnología analógica, no se verán los canales adicionales que se pueden sintonizar gracias al formato digital. Tales televidentes, ubicados sobre todo en zonas de menor desarrollo económico pero que ya han recibido televisores digitales, seguirán marginados de las nuevas señales durante el 2016.
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