El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la decisión del CEN del Partido de la Revolución Democrática de no ratificar la alianza con el Partido Acción Nacional, en Puebla, para la elección a gobernador en el proceso ordinario local 2015-2016.

A partir de una primera decisión de esta Sala Superior, el CEN del PRD se reunió dentro del término señalado en la ejecutoria para fundar y motivar su decisión relacionada con la política de alianzas con el Partido Acción Nacional y concluyó rechazar la propuesta del Consejo Político Estatal de ese instituto político, difundió el TEPJF.

Así, el Comité Ejecutivo Nacional de ese instituto político, dio cumplimiento a la resolución que dictó hace unos días la Sala Superior, consistente en fundamentar y motivar debidamente el acuerdo relacionado con las alianzas perredistas.

En sesión, los magistrados del TEPJF resolvieron el juicio SUP-JDC-410/2016 y acumulados, militantes, consejeros e integrantes del V Consejo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Puebla controvirtieron el acuerdo ACU-CEN-035/2016 del CEN del instituto político, emitido en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior, en el juicio ciudadano SUP-JDC-199/2016 y acumulados, mediante el cual se ratificó la negativa de propuesta de la política de alianza.

El magistrado ponente, Pedro Esteban Penagos López, explicó que la Sala Superior en la sesión del 17 de febrero, ordenó al instituto político fundar y motivar la determinación tomada por el Comité Ejecutivo Nacional en el sentido de no ratificar la política de alianza con el PAN en Puebla.

De hecho, la determinación ya se había tomado y para cumplimentar la ejecutoria sólo hacía falta que se convocara al Comité Ejecutivo Nacional, tal y como se hizo, y se fundara la determinación tomada. 

Ya no había necesidad de que se reunieran las dos terceras partes del CEN del PRD para dar cumplimiento a la ejecutoria.

Sobre el tema también opinó el magistrado Manuel González Oropeza, quien señaló que la cantidad de consejeros asistentes a la reunión del Comité Ejecutivo Nacional es suficiente para sesionar. 

Finalmente, el magistrado Flavio Galván Rivera señaló que es claro que el Comité Ejecutivo Nacional sesionó conforme a la normativa estatutaria, por lo tanto el Tribunal Electoral no debe justificar si se trata de una orden.

Galván Rivera votó a favor de los resolutivos, sin compartir las consideraciones del proyecto por lo que anunció la emisión de un voto razonado.

Los magistrados reconocieron que tratándose de partidos políticos, corresponde a los órganos nacionales definir si ratifican o no las políticas de alianzas que se conforman al seno de los consejos políticos estatales, de ahí la resolución que fue ratificada al seno del Tribunal.