El furor causado por el caso de Elvira Santibáñez Margarito, a quien le fue imputado el cargo de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, ha dado un giro. Una vez más es un video, cuya autoría no ha sido identificada hasta el momento, el cual siembra la controversia. Gracias a éste, las puertas del penal federal de Nayarit, en el cual se encuentra desde hace ya un año y dos meses, podrían abrirse para que salga libre.

Santibáñez Margarito, quien ahora cuenta con 22 años de edad, fue detenida el 4 de febrero de 2015 en Río de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero. En el momento de la detención, se presumía que formaba parte de una célula de La Familia Michoacana. El video muestra cómo fue torturada por un miembro del Ejército mexicano y de la Policía Federal (o al menos eso es lo que se percibe).

Esto ha puesto en duda la legitmidad y legalidad de las condiciones en las cuales se llevó a cabo su detención y asignación al penal. Además de poner en entredicho la validez de la evidencia presentada en su contra, podrían argumentarse violaciones al debido proceso. Es decir, que no se siguieron los pasos que la ley establece para procesar a la persona indiciada de cierto delito; su presentación ante la Procuraduría General de la República (PGR), ocurrió un día después de la tortura captada en el video.

Sin duda alguna puede alegarse que existió una violación a los Derechos Humanos y a las Garantías Individuales de la hoy procesada. La ley es de carácter general, y deben respetarse los procedimientos establecidos en cualquiera que sea el escenario. Para actuar con todo su peso, es necesario cumplir con cada uno de los requisitos que establece. No obstante, éste no es el primer caso que “flaquea”, en beneficio del reo, y en perjuicio de las personas afectadas.

Parece existir un patrón, una cartera de clientes con actividades ilícitas, para abogados que se dedican a indagar en lo más profundo de la legislación, con el fin de encontrar vacíos o violaciones que sirvan como argumentos ante un juez, y así asegurar la libertad de aquellos a quienes defienden.

El ya añejo caso de Florance Cassez, a quien se le impuso una sentencia de 60 años por los cargos de secuestro, delincuencia organizada y portación de armas, es uno de los botones de muestra. Después de 7 años en prisión, la Suprema Corte presentó un nuevo proyecto para desechar las pruebas viciadas y reiniciar el proceso judicial. Sin embargo se impuso la decisión de considerar el amparo emanado de la defensa, y otorgarle la libertad inmediata, por “violación al debido proceso”.

Otro de los casos en los que se puso en entredicho el accionar de la justicia mexicana, fue en la más reciente detención del Joaquín “El Chapo” Guzmán. Los abogados argumentaron que las condiciones en las que se encontraba el líder del Cártel de Sinaloa, y uno de los hombres más buscados en EE.UU., no eran las adecuadas. Argumentaban que la vigilancia a la cual estaba sujeto, después de haberse fugado en dos ocasiones, incurría en una violación de los Derechos Humanos.

En el caso de “Los Porkys”, tres de los cuales ya cuentan con orden de aprehensión (por cargos de pederastía), también existió controversia sobre los videos en los que hacían referencia a los actos cometidos. La Fiscalía del estado de Veracruz, consideró que no se trataba de la admisión de un delito, sino de una simple disculpa. Es decir, no podía tomarse como evidencia para iniciar un proceso en su contra.

Lo que queda claro con este panorama, es que no existe una cultura en los aspectos legales, por parte de la mayoría de la población. Parece que la ignorancia no es exclusiva de ciertos miembros de los cuerpos de justicia quienes tienen un papel importante en el proceso judicial, sino también de quienes conforman la parte acusadora y la parte acusada. Esto tiene como consecuencia la inexistencia de justicia para los afectados, y la creación de mártires; ambas cosas, no hacen sino dejar en una muy mala posición a las instituciones mexicanas. Estos son solamente algunos de los casos que han tenido visibilidad mediática.

No se habla aquí de volver a la Ley del Talión, planteada por el Código de Hammurabi ; “ojo por ojo, diente por diente”. Se habla aquí de otorgar justicia a todos los ciudadanos que la reclamen y tengan fundamentos para ser objeto de ella. Pero, más allá de esto, se trata de educar a la población en todo lo referente a los derechos y obligaciones que les adjudica la ley. Asimismo, se trata de vigilar el correcto accionar de las instituciones encargadas de la impartición de justicia.

El tema que subyace a esto, es si en verdad se habla de procesos justos cuando, como en los casos antes citados, parece que solamente aquellos con los medios económicos e influencias adecuadas, son quienes tienen la posibilidad de recibir justicia.

Lo que queda es esperar la dictaminación en el proceso de Santibáñez Margarito. Es inadmisible el trato que recibió por parte de quienes, se supone, están para proteger y vigilar la seguridad de la población. No obstante, no hay que dejar a un lado sus posibles vínculos con el crimen organizado. Su liberación por la violación al debido proceso, no constituye una presunción de inocencia.