La ley 3 de 3 no es la solución

Las reformas que ha sufrido la Constitución de la república en los últimos 30 años ha ido en sentido contrario de sus paradigmas fundamentales que tienen que ver con la justicia social, los derechos colectivos, con el sistema representativo y democrático.

Las reformas al capítulo económico de la Carta Magna han sido forzadas por el sistema económico neoliberal impuesto desde afuera y contradictorio con el Estado social de derecho, recordando que este último tiene como principio la rectoría del desarrollo de la economía por parte del Estado, implementando políticas públicas para ello, mientras que en el sistema neoliberal la empresa privada puede realizar, y de hecho realiza y administra, obra pública con sentido de lucro.

Por otro lado, nuestro sistema es representativo, lo que quiere decir que la soberanía popular —establecida por el artículo 39 constitucional— se debe ejercer a través de la representación de los poderes de la Unión y de los estados, como lo señala el artículo 41.

Sin embargo, a lo largo de muchos años, hemos intentado cambiar la democracia representativa por una semidirecta, y si bien no se pudieron establecer las acreditadas figuras de referéndum, plebiscito y revocación del mandato, sí se lograron reformas a medias que produjeron un bodrio jurídico como la consulta popular, que ya la vimos fracasar, regulada por el artículo 35 constitucional. Lo que sí se logró es la iniciativa popular que, hoy por hoy, enfrenta su primer intento con la, ya famosa, ley 3 de 3.

Los autores de este proyecto no tienen —porque no está regulado— acceso formal a la discusión en comisiones, a la que sólo pueden asistir si los invita la cámara respectiva. No tiene conexión clara esta ley con todo el proyecto de la reforma en materia de combate a la corrupción y, si bien es cierto, los planteamientos centrales que propone, como la declaración patrimonial y fiscal o la información sobre conflicto de intereses, son correctos, la redacción y los agregados pueden ser inconstitucionales, como la declaración de los parientes de hasta cuarto grado de funcionarios públicos, como lo ha señalado el presidente del Senado, el panista Gil Zuarth.

También las propuestas que hacen para denunciar la corrupción pueden ser violatorias de derechos; por eso, esta ley se debe construir no como el centro mismo de la reforma, sino como una parte más, porque hasta hoy el ruido de los comentócratas que la propiciaron la han puesto como la solución al tema, lo cual es absolutamente falso.

El tema de la reforma sobre anticorrupción —y en esto tienen razón algunos partidos— debe ser integral y sistemática, cuidando su constitucionalidad; por eso, no nos extraña que el tema no acabe de resolverse en este periodo de sesiones.

Sería sano que se convocara a un periodo extraordinario de sesiones para que se discuta y se apruebe dicha reforma, difundiéndose —más allá de la ley 3 de 3— su aspecto conceptual.

Trivializar el tema y dejarlo en el protagónico 3 de 3 sería un error; la reforma debe avanzar a plenitud, cambiando intervenciones y competencias de la Procuraduría General de la República, de la Secretaría de la Función Pública y de la Auditoría Superior de la Federación, entre otras.

Ley 3 de 3 sí, pero no como premio a los egocéntricos que la promueven, sino como parte de la reforma integral.

Para ser congruente con la iniciativa popular, habrá que cambiar también el carácter representativo de la república y definirlo como democracia semidirecta.