Hace un par de días, una candidata a la alcaldía de Aguscalientes fue troleada y recibió incuantificables agresiones, mentadas de madre y reclamos en redes sociales por una fotografía donde se dirigía de manera despectiva a los ancianos; ni ella ni su partido, el PAN, salieron a aclarar, pero sus defensores de a peso aseguran que la página donde se publicó tal aberración era “pirata”.

Ángel Benjamín Robles Montoya, hoy candidato del Partido del Trabajo al gobierno del estado de Oaxaca, protagoniza desde hace semanas una cruenta lucha –que ya ganó-, por su derecho a contender por la titularidad del Ejecutivo de esa entidad mexicana.

Y la protagonizó precisamente, y principalmente, en medios electrónicos, en el ciberespacio. Robles Montoya utilizó la red de redes para concretar su objetivo y reforzar su lucha. Si ésta le costó o no, en esos medios, nadie lo sabe.

Este tipo de casos, que se repiten cada día y se intensifican inmoderadamente cada vez que hay procesos electorales, no importa en qué punto del país o del mundo se refiera, ya tienen un nombre y sobre él, los árbitros electorales mexicanos han comenzado a discutir: el ciberactivismo político-electoral, calificado por Pedro Esteban Penagos López, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como “el nuevo modelo de participación democrática del siglo XXI”.

Pedro Esteban Penagos se pronunció a favor de la “plena apertura” de las redes sociales y que éstas no sean limitadas o reguladas, siempre y cuando no se trate del tema electoral. Los estudiosos pueden establecer uno y mil candados al monstruo socio-cibernético que representan los productos de la Internet, pero llevarlos a la práctica es una harina de otro costal muy muy difícil de cernir.

Justifica que al ser las redes sociales un megáfono personal abierto para expresarse, debe garantizarse equidad en los procesos electorales para que se emitas un voto informado y razonado, “sólo cuando existan condiciones que atenten contra los valores fundamentales de la democracia, se deben aplicar los límites necesarios a su ejercicio”.

Penagos López impartió la Conferencia Magistral “Libertad de expresión: El uso de las redes sociales en procesos electorales”, la cual fue ofrecida en el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, y ahí destacó que las redes constituyen el instrumento más importante para hacer oír y atender la voz, y la voluntad ciudadana, maximizando el ejercicio de la libertad de expresión

Un megáfono, efectivamente, abierto, sin límites y hasta gratuito, que no ocupa un permiso especial, pero sobre todo, que permite el beneficio del anonimato.

El Magistrado de la Sala Superior indicó que las redes sociales son producto de la deliberación social, que es la base de la democracia, por lo que se debe hablar del ciberactivismo político-electoral como la nueva herramienta que ya representa.

La Internet, como el voto, dijo, es un instrumento útil para que la voz del ciudadano y su voluntad, trasciendan en cambios estructurales en la forma de gobierno

Pero de ahí a lograr su efectivo control, como lo sugiere el magistrado cuando se trate de temas electorales, pareciera una misión casi imposible. 

En un posible sueño guajiro, podría inferirse que deberán ser los propios partidos los que tendrían en un momento dado que comprometerse a dejar la guerra negra de lado, y hacer uso de las redes sociales en forma apropiada, con el único fin de potenciar la libertad de expresión en un país que se presume democrático. 

Penagos refirió que la Sala Superior del Tribunal Electoral ha considerado que como la legislación electoral carece de regulación específica para el uso de Internet y redes sociales, debe analizarse caso por caso para poder establecer si determinados mensajes publicados en esos medios, rebasan o no los límites de la libertad de expresión; empero, ¿Cómo pretende ejercer esa limitación?, ¿cómo callar a quienes, desde el anonimato, exponen, denuncian, critican y defienden?, ¿qué clase de policía ciberelectoral deberá crearse para perseguir y detener a quienes cometan esos delitos?, ¿cómo castigar lo “incastigable”?