Chapo Guzmán

 

La extradición es un acto jurídico regulado por la Constitución en sus artículos 15 y 119, por la ley de extradición internacional y por los tratados internacionales firmados y ratificados por México en la materia; se trata fundamentalmente de una relación bilateral entre dos Estados soberanos para que uno entregue al otro a un infractor de actos ilícitos, que constituyan delitos en ambas entidades soberanas y cuyas penas sean homogéneas; esto impide, desde luego, la extradición de reos donde el Estado requirente tuviese castigos exorbitantes como la pena de muerte.

Joaquín Guzmán Loera fue solicitado por Estados Unidos desde agosto de 1996, pero nunca se había consolidado esta solicitud que incluso se dice que está viciada de origen porque no fue firmada por el embajador de Estados Unidos en México o por el encargado de negocios como lo exige la ley.

El caso de Guzmán Loera implica hechos y relaciones que van más allá de la persecución de un delincuente, pues está relacionado, como se ha dicho, con miles de millones de dólares de los que no se ha mencionado ni una sola palabra: ¿Dónde se encuentran? ¿Quién los controla? ¿Por qué no ha tenido acceso la justicia mexicana para incautarlos? ¿Por qué no se ha aplicado la ley de extinción de dominio? ¿Dónde está la fortuna del Chapo?

Pero más que esto, ¿cuáles son las entrañas de su organización que han permitido burlar las fronteras y las leyes de numerosos países del mundo? ¿Cuáles son sus poderosas relaciones e influencias con los poderes constituidos en México y en Estados Unidos? ¿Cómo se está manejando su organización cuando se le atribuye que gran parte del tráfico de estupefacientes en el mundo es controlada por él?

No se trata simplemente de extraditar o no sino de destruir su organización y castigar a los poderosos que indudablemente lo han protegido, pues no es creíble que haya crecido su organización criminal exponencialmente sin la complicidad de autoridades de toda índole, así como de banqueros y empresarios privados.

En su primera recaptura, el secretario de Gobernación, Miguel Osorio Chong, declaró que el Chapo no sería extraditado, lo cual parecería conveniente, pues primero que nada había que desentrañar y destruir el imperio que comanda; después de su espectacular fuga y su recaptura se ha dicho que el gobierno estaría de acuerdo en extraditarlo. Lo anterior está totalmente bajo la potestad y soberanía de México, pues el tratado de extradición entre nuestro país y Estados Unidos establece en su artículo 15 que el gobierno puede diferir la extradición, dejando que primero concluya sus condenas y procesos en México y luego cumplir la extradición.

Así que la decisión es mexicana y pudiera ser compartida con el propio Chapo, cuyos abogados han dicho que podría obtener una reducción de condena en Estados Unidos a cambio de información.

Pablo Escobar provocó toda una guerra para evitar la extradición en Colombia, eran otros tiempos; hoy se ha anunciado que en pocos días el Güero Palma será liberado después de que se redujo su condena en más de siete años, atrás de todos estos enjuagues en lo oscurito y al margen de la ley, están los tenebrosos brazos de la DEA y su injerencia en el tráfico de drogas.

La extradición del Chapo Guzmán constituye una encrucijada jurídica y económica.