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Acarrearía la extinción del sector de los marinos mercantes y la quiebra de un buen número de empresas.
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Reforma inaudita

En las colaboraciones precedentes se ha resaltado el hecho de que la mayoría del Senado aprobó en fecha reciente el Código Militar de Procedimientos Penales, ordenamiento en el que, entre otros muy preocupantes contenidos, se conceden a los jueces castrenses poderes jurídicos para autorizar la práctica de cateos en domicilios de particulares, oficinas del gobierno federal, recintos del Congreso de la Unión y otros. Todo lo cual implica una ilícita extensión del fuero de guerra y una flagrante transgresión a la letra y el espíritu del artículo 21 constitucional, que prescribe que la seguridad pública es una función gubernamental reservada a los civiles

Ese claro desbordamiento de los estrictos límites constitucionales y democráticos a los que deben ceñirse las Fuerzas Armadas no es circunstancial o anecdótico. Al contrario, pareciera ser fruto de una decisión superior elevada al rango de una política de Estado. Tal hipótesis es lo que permite comprender el porqué ahora se está pretendiendo reformar la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y la Ley de Puertos, a fin de que sea la Secretaría de Marina la que otorgue permisos para la prestación de servicios de transporte marítimo de pasajeros y de turismo náutico con embarcaciones menores, y autorice arribos y despachos de las embarcaciones y artefactos navales mexicanos.

En otras palabras, la propuesta normativa en cuestión tiene como propósito, ni más ni menos, militarizar los puertos, lo que sin duda alguna representa un virulento ataque al imperativo inserto en el artículo 129 de la Carta Magna por el histórico Congreso Constituyente de 1917, donde con total certidumbre se dispone que en tiempos de paz ninguna autoridad militar podrá ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina castrense.

También estamos en presencia de una nueva burla a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos emanada del caso Rosendo Radilla Pacheco, tan enaltecido por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación José Ramón Cossío y sus colegas, en virtud de haber sido la punta de lanza de una auténtica revolución paradigmática o copernicana en el derecho mexicano.

A lo anterior se añade la circunstancia de que la aprobación de dicho cambio legislativo acarrearía la extinción del sector de los marinos mercantes y la quiebra de un buen número de empresas cuyo nicho de mercado son las operaciones marítimo portuarias. Decenas de miles de mexicanos no podrán ejercer el sagrado derecho humano a la vida digna.

La militarización de los puertos no puede pasar inadvertida y por ello es menester que las iniciativas en cita sea objeto de un amplio debate ciudadano dentro y fuera del Senado. La cerrazón, los albazos legislativos no conducen a nada positivo y, sí en cambio, pueden dar curso a la sospecha ciudadana de que esta inaudita reforma algo tiene que ver con el creciente estrechamiento de los vínculos del Ejército y la Armada con el Comando Norte de Estados Unidos.