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Los responsables no fueron sancionados pues se les concedió una “amnistía de facto”.
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Hace 45 años

Hace 45 años, el 10 de junio de 1971, fue perpetrada la cruel masacre estudiantil del Jueves de Corpus, Se trató de un crimen de lesa humanidad planeado, instrumentado y encubierto desde las entrañas mismas del aparato gubernamental.

Así se colige de la sentencia definitiva emitida el 26 de julio del 2005 por el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito: “El grupo de Los Halcones dependía del Estado y recibían órdenes de tenientes del Ejército, siendo su jefe común Manuel Díaz Escobar Figueroa, subdirector de Servicios Generales del Departamento del Distrito Federal”. Pese a esa circunstancia, los responsables no fueron sancionados pues se les concedió una “amnistía de facto” que fue fruto de la actuación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Marcha-Halconazo

La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los Crímenes de Lesa Humanidad fue suscrita el 3 de julio de 1969. Acto seguido, se guardó en las gavetas de Los Pinos y durmió el sueño de los justos durante 32 años, hasta que en 2001 finalmente fue turnada al Senado. Ahí fue ratificada conjuntamente con una declaración interpretativa en la que se estableció que sólo se considerarán imprescriptibles los crímenes cometidos con posterioridad a la entrada en vigor para México de dicho instrumento internacional.

La intención de tal maniobra legislativa fue más que evidente: meter un candado a la acción de la justicia y excluir del ámbito de la imprescriptibilidad los crímenes de lesa humanidad ejecutados antes de 2001, específicamente los inherentes a los barbáricos sucesos acaecidos el 2 de octubre de 1968, el 10 de junio de 1971 y durante la guerra sucia.

El ataque de los halcones. Imagen de archivo FOTO Armando Lenin Salgado

El ataque de los halcones. Imagen de archivo FOTO Armando Lenin Salgado

Al pronunciarse sobre el expediente del Halconazo, la Primera Sala del máximo tribunal se limitó a aplicar mecánicamente la declaración interpretativa y otorgó el beneficio de la prescripción a los acusados, el cual fue hecho extensivo al expresidente Luis Echeverría por el Quinto Tribunal Unitario Penal.

Así, los ministros abdicaron de sus potestades de control constitucional, violaron el objeto o fin de la Convención plasmado en el artículo 1º, según el cual los crímenes de lesa humanidad deben ser castigados cualquiera que fuere el tiempo de su ejecución material, desacataron la jurisprudencia fijada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el célebre caso Barrios Altos vs. Perú y colocaron a las víctimas en un total estado de indefensión jurídica.

Todo esto creó el caldo de cultivo que hizo posible las ejecuciones sumarias de Tlatlaya y Calera, la desaparición forzada de los normalistas de Ayotzinapa y otras tragedias más que se detallan en el informe “Atrocidades innegables. Confrontando crímenes de lesa humanidad en México”, difundido por la ONG Open Society, en el que se afirma que las autoridades no han hecho lo necesario para llevar a los responsables ante la justicia.

La impunidad galopante es, sin duda, la más grave patología que azota a la nación, sin embargo, el equipo gobernante se niega a reconocer esta lacerante realidad.