En un hecho sin precedentes, un juez federal concedió a un ciudadano la garantía al libre tránsito, por lo que ordenó retirar los bloqueos derivados del plantón que la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) tenía montado en Bucareli hasta el 26 de mayo, y que se negaba a levantar hasta que el gobierno hiciera válidas sus demandas por la Reforma Educativa.

El amparo fue concedido al ciudadano John Andrew Auping Birch, un sacerdote jesuita de origen holandés, quien radica en nuestro país desde 1977. El sacerdote había solicitado ayuda a la justicia federal desde hace 5 meses por afectaciones al tránsito. La sentencia fue concedida por el juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa, Ricardo Gallardo. Esta demanda ocurrió por el campamento que la Coordinadora tenía meses atrás sobre Bucareli, cerca de la Secretaría de Gobernación (Segob). Actualmente los maestros disidentes se encuentran instalados en la Plaza de la Ciudadela, por lo que Bucareli sólo está sitiado por elementos de la policía capitalina y de la policía federal.

Esta orden emitida por Gallardo tendrá que ser cumplida por la Secretaría de Seguridad Pública, entre otras autoridades de la Ciudad de México, a fin de evitar que se vulneren los derechos de colectividad y se afecte la armonía de la vida en sociedad.

Esta denuncia se deriva de la inconformidad del sacerdote por no poder circular libremente hacia su domicilio, y lamentó que el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera y las oficinas de movilidad de la Ciudad, omitieran el derecho a garantizar a los habitantes capitalinos el libre tránsito.

Con este suceso inédito, se hará valer el artículo 11 expresado en la Constitución, el cual dicta que se reconoce el derecho de circulación y libre tránsito, sin distinguir la condición migratoria de la persona y sin la necesidad de presentar la documentación que acredite la nacionalidad o estancia legal de las personas. Es decir, al conceder a la CNTE el derecho de manifestarse, se estaba vulnerando a su vez el derecho al libre tránsito de transeúntes y conductores. Tanto el Jefe de Gobierno como el Secretario de Seguridad Pública están violando un precepto constitucional.

Ejecución de amparo dependerá de Tribunal Colegiado

En entrevista para Siempre!, el abogado Gabriel Regino afirma que este amparo se presentó ante la omisión de aplicar la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, pero ante el recurso de revisión que interpuso la Secretaría de Seguridad Pública, estamos ante un caso que se seguirá ventilando ante la opinión pública, pues su ejecución dependerá de un Tribunal Colegiado que decidirá si la decisión del juez es correcta.

“En el país hay una ley de movilidad que intenta garantizar la circulación de personas y vehículos en las vías que conforman la capital del país. Ante la presencia de bloqueos – ya sea de personas o de autoridades–, la ley de movilidad insta a que se aplique un mecanismo de disuasión o de contención para recuperar la vialidad. En ningún momento esta ley dice que se hago uso de la violencia para retirar los bloqueos sino que se tienen que hacer por los medios legales”.

“El promovente del amparo señala que el gobierno de la capital no cumple con la ley de movilidad, y pone como caso concreto el de Bucareli en el que es la propia autoridad la que está generando el bloqueo, ocupando un lugar en el que, en un principio, estuvieron los manifestantes. Por lo tanto, la petición que hace el amparo es que se aplique la ley, el juez en materia administrativa dice que concede el amparo para que la Secretaría de Seguridad Pública aplique la ley de movilidad y haga lo que tenga que hacer: desbloquear esa vialidad”.

Sin embargo, el penalista advierte que la Secretaría de Seguridad Pública interpuso un recurso, llamado revisión, al no estar de acuerdo con el amparo que le obliga acatar y aplicar la ley de movilidad de la Ciudad de México, “esta sentencia todavía no se puede ejecutar, porque ante el recurso un Tribunal Colegiado será el encargado de revisar y decidir si la decisión del juez es correcta”.

El ex subsecretario de Seguridad Pública comenta que en caso de que el Tribunal Colegiado confirme la sentencia de amparo y el Secretario de Seguridad Pública no cumpla, “el titular de la dependencia podría llegar a ser denunciado y destituido de su cargo”.

Asevera que aunque existe la posibilidad de presentar amparos ante cualquier bloqueo se debe considerar que “los amparos se refieren a casos concretos como en este a la calle de Bucareli, si el día de mañana tenemos un bloqueo en otra vialidad en lo que se promueve el amparo y en lo que se resuelve van a pasar meses, por lo que e muy probable que ese bloqueo ya se haya resuelto por la vía política y retirado”.

Al hablar sobre la manera de lidiar jurídicamente tanto con el derecho a manifestarse como el libre tránsito, Gabriel Regino señala que hasta el momento en el país no se cuenta con una legislación que haga comulgar estos derechos “ha sido un tema de discusión e incluso llego a la propuesta de que hubiera un ‘marchodromo’, donde la gente pueda marchar. Pero estamos en una ciudad en la que no podemos dejarle a ley la regulación de la solución de conflictos que se generan por la decisión y actuación de las autoridades, si las autoridades actuaran bien, simplemente no tendríamos ese tipo de movilizaciones en el país”, concluye.

 

Entrada al tianguis de la CNTE en la Ciudadela.

Una foto publicada por @japoteco el