La verdad honra a las víctimas

Por Raúl Jiménez Vázquez

En la entrega anterior señalamos que el derecho humano a la verdad y el deber de construir y preservar la memoria histórica son dos pilares del paradigma del Estado constitucional de derecho. Su importancia salta a la vista ya que a través suyo se sustrae del olvido a las víctimas, se visibilizan las estructuras que facilitan la impunidad, se propicia el juzgamiento de los responsables y se obliga al Estado a otorgar garantías suficientes de la no repetición de los ataques al valor supremo de la dignidad humana.

A fin de hacer realidad ese binomio, hace unos días Ariel Dulitzky, integrante del Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas, planteó ante los senadores la necesidad de que se establezca legalmente la obligación de buscar a las personas ausentes en todas las instalaciones oficiales, incluyendo cuarteles militares y sedes de los cuerpos de inteligencia, de seguridad nacional y de seguridad pública; y que se permita interrogar a los servidores públicos adscritos a las mismas.

La propuesta está plenamente justificada. Dada la gravedad de esa patología y tomando en cuenta que las búsquedas burocráticas o de escritorio han sido infructuosas, tal como lo advirtió Dulitzki, se impone llevar a cabo trabajos de campo y penetrar en los lugares donde las víctimas podrían estar siendo ocultadas.

A la pertinencia del mensaje del personaje internacional se agrega su indubitable viabilidad jurídica. Fuerzas armadas, áreas de inteligencia y cuerpos de seguridad son autoridades pertenecientes al Estado y tienen que dar cumplimiento al mandato categórico previsto en el artículo 1 constitucional; es decir, deben promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano a la verdad.

Dicha conclusión se corrobora con el contenido de la Carta Democrática Interamericana, en cuyo artículo 4 se consagra el importante principio de la subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al Estado de derecho. También se reafirma con los severos pronunciamientos vertidos en ese mismo sentido en varios de los fallos paradigmáticos dictados por la Corte Interamericana en contra del Estado mexicano.

Bajo ese modelo de argumentación jurídica y humanitaria, tampoco existe impedimento alguno para que la Sedena abra al escrutinio ciudadano los archivos en los que consta lo sucedido en las aciagas fechas del 2 de octubre de 1968 y el 10 de junio de 1971, así como los expedientes que evidencian qué fue realmente lo que ocurrió durante la guerra sucia, tanto en el campo militar número uno como en las instalaciones de San Miguel de los Jagüeyes, donde, según lo declarado por el soldado Zacarías Osorio ante una corte de Canadá, hubo fusilamientos masivos de opositores al régimen.

Conocer la verdad, honrar a las víctimas, construir la memoria histórica y llevar a los responsables ante la justicia, es la ruta a seguir para empezar a disipar las tinieblas de la impunidad.

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