Apología de la violencia
Por Yazmín Alessandrini
Para nuestra desgracia, encender un televisor aquí en México por lo regular deriva en un ejercicio de muchísima frustración y decepción. Sin importar que se trate de televisión abierta, televisión de paga o televisión de formato on demand (un producto que recientemente tenemos a nuestra disposición vía empresas como Netflix o Blim), lo cierto es que la mayoría de los contenidos televisivos disponibles lamentablemente, de un tiempo a la fecha, pareciera ser que solo encuentran interesantes de difusión aquellas temáticas relacionadas con los detestables estereotipos que nos ofrece el mundo del narcotráfico, lo que en definitiva deforma el criterio de niños, jóvenes y todos aquellos que acostumbran a sintonizar este tipo de programas.
Por eso, resulta de suma trascendencia que hace unos días legisladores de ambas cámaras demandaron de forma por demás enérgica, a través de sus respectivas comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía, que las autoridades correspondientes frenen de inmediato la difusión y transmisión de esta clase de contenidos televisivos que en definitiva hacen una apología del delito y que representan una acción violatoria al Artículo 4º Constitucional y a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en sus artículos 223, 226 y 228.
Para entender un poco al respecto, primero hay que adentrarnos en el terreno de los términos y las definiciones, por lo que la apología del delito se refiere al elogio, alabanza y solidaridad pública de un hecho delictuoso declarado como criminal por parte de las autoridades, con lo que se instiga, de manera indirecta, a la comisión de una conducta delictiva.
El Código Penal vigente en Materia Federal para toda la República Mexicana, en el artículo 208, capítulo IV, relativo a la provocación de un delito dice: “Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de este o de algún vicio, se le aplicarán prisión de tres días a seis meses y multa de cinco a cincuenta pesos, si el delito no se ejecutase. En caso contrario, se aplicará al provocador la sanción que corresponda por su participación en el delito concluido”.
En este contexto, los presidentes de las comisiones de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados, Zoé Robledo Aburto, del PRD y Lía Limón García, del PVEM, respectivamente, consideraron que la Subsecretaría de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación, la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía, y el Instituto Federal de Telecomunicaciones tienen que ser menos pasivos ante esta situación, por lo que les solicitaron que no deben ser omisos ante aquellas cadenas y empresas televisivas que violen la norma vigente, pues definitivamente estos contenidos promueven la apología de la violencia y hacen ver el narcotráfico y las actividades que de este se derivan como un modelo de vida.
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