Presentado en la FIL Guadalajara
José Elías Romero Apis
En la FIL Guadalajara de este año, Luis Maldonado Venegas y yo presentamos nuestro nuevo libro en coautoría, con un estudio preliminar escrito por Luis María Aguilar Morales.
Su título es Themis vs. Cratos y se subtitula como La justicia contra el poder en la historia de la humanidad. Se trata de la narrativa histórica y el análisis jurídico de diez casos muy relevantes a lo largo de los tiempos. Sócrates, Galileo, Giordano Bruno, Juana de Arco, Ana Bolena, Sor Juana Inés de la Cruz, María Antonieta, Miguel Hidalgo, Josefa Ortiz de Domínguez y Nelson Mandela son los personajes de nuestro estudio.
Las razones y las sentencias en estos procesos provienen de una lucha entre la justicia y la política donde los aspectos políticos o de poder se habrán de imponer a los razonamientos jurídicos o de justicia.
El método analítico que nos impone la lógica obliga a distinguir, ante todo, dos cuestiones esenciales. La primera es que existe una sobrepenalización de la vida nacional. Esto significa que muchos asuntos de la vida colectiva e individual de los mexicanos nos hemos ido acostumbrando a valorarlos bajo la óptica del Código Penal el cual, dicho sea de paso, se nos ha convertido en libro de cabecera.
Esto, a su vez, ha determinado que otras ópticas, tales como la de la política, la de la moral y la de la historia sucumban frecuentemente ante la preeminencia de la valoración jurídica penal que le atribuimos a cada uno de nuestros asuntos y que nos ha orillado a poner en manos de los jueces penales una buena parte del destino nacional.
Frente a esto hay que estar alerta. Por más importantes que sean los protagonistas, el destino de los mexicanos no se juega en una reja de prácticas. No hagamos que así lo parezca.
La segunda cuestión de método es la obligación de distinguir entre juicio legal y juicio histórico. De entre sus muchas diferencias existe lo que en la ciencia procesal se conoce como continencia. El juicio legal es continente. Contiene toda la causa de discusión y no deja nada para que, en otro espacio, se contenga. Es único y exclusivo. Nadie puede ser juzgado dos veces por lo mismo y nada ya juzgado puede volverse a juzgar. La sentencia legal es única, exclusiva e indivisible.
Por el contrario el juicio histórico es incontinente. Los hechos históricos pueden ser juzgados muchas veces y por muchos jueces. Todo el que lo desee puede ser juez histórico y el juicio puede reabrirse a través de los siglos. Cada quien puede emitir su propia sentencia histórica y no importa que sea contradictoria con la de los demás quienes tienen, a su vez, el mismo derecho de erigirse en juez.
Por eso el político debe cuidarse de no confiar en que una resolución legal, cualquiera que esta sea, le valdrá en los juicios de la historia.
En su espléndido tratado sobre ética política, Dennis Thompson señala que el derecho penal ha sido más útil para castigar los delitos de los ciudadanos que los delitos perpetrados por el gobierno contra los ciudadanos. Una de las razones, sin duda, es que los gobiernos son los que administran los medios de castigo.
Pero, por otra parte, se debe reflexionar sobre el inevitable juicio de la historia y la adecuada inserción de cada uno de estos asuntos en dicho contexto.
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