Elecciones

Flavio Galván Rivera

En estos días de apremio en la economía nacional y en el ejercicio del presupuesto público, federal, local y municipal, lo cual se refleja en la economía personal y familiar de quienes habitan el territorio nacional, nuevamente se ha vuelto la mirada hacia la materia electoral, porque no obstante su gran trascendencia para la vida democrática de la república, que está sustentada en la celebración de elecciones libres, auténticas y periódicas, con base en el voto libre, secreto, igual, directo, universal, individual, personalísimo e intransferible de los ciudadanos, ello tiene un altísimo costo económico.

Uno de los temas de mayor discusión es por qué el Estado ha de pagar la existencia, funcionamiento y multiplicación de los partidos políticos nacionales y locales. Ante este cuestionamiento es común encontrar una pregunta-propuesta extrema: ¿por qué no sustituir el financiamiento público por el financiamiento privado exclusivamente?

La respuesta no es difícil en un Estado de derecho, si se piensa en establecer un adecuado sistema de fiscalización o control de los ingresos y egresos económicos de los partidos políticos; un registro de donantes correctamente elaborado y permanentemente actualizado; un límite máximo de aportaciones por persona, debida y oportunamente registradas y comprobadas, además de fácilmente verificables, a lo cual habría que agregar la prohibición de hacer y aceptar aportaciones anónimas. Con un sistema así se evitaría el ingreso de dinero de origen ilícito a las arcas de los partidos políticos y se volvería innecesario el financiamiento público, que tiene, entre otras finalidades prioritarias, evitar que la política y, en especial, las elecciones, sean viciadas y desvirtuadas por su posible financiamiento con dinero de origen ilícito.

En este sentido se debe mencionar que los medios de comunicación social y las Gacetas Parlamentarias de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores han dado cuenta de las iniciativas de reforma constitucional para derogar o modificar el vigente sistema de financiamiento a favor de los partidos políticos.

Entre las más recientes cabe citar las siguientes:

Mediante dos acuerdos de 12 de enero de 2017, la LXI Legislatura del Congreso de Jalisco propuso reformar, en su parte conducente, los artículos 41 y 116 de la Constitución federal y 51 de la Ley General de Partidos Políticos, para que el financiamiento público por actividades ordinarias permanentes se calcule tomando en cuenta el total de votos válidos emitidos, en la más reciente elección de diputados de mayoría relativa, en lugar del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

Los senadores del Partido Acción Nacional, Ernesto Cordero Arroyo, Roberto Gil Zuarth y Jorge Luis Lavalle Maury, el 2 de febrero de 2017, presentaron iniciativa de reforma a los citados artículos constitucionales, para establecer que solo se debe pagar financiamiento público para campañas electorales; incrementar de 3 a 5 por ciento el mínimo obtenido de la votación válida emitida, en la más reciente elección de diputados al Congreso de la Unión, para tener derecho al financiamiento; mantener como referencia el total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, para calcular el monto, pero multiplicado por 50 por ciento y no por 65 por ciento el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; prohibir a los partidos políticos nacionales recibir financiamiento de las entidades federativas.

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