Cuenta la leyenda que Federico II de Prusia requirió la entrega de sus tierras a un modesto molinero de Postdam, Alemania, quien decidió defenderse de tan arbitraria orden palatina exclamando: “Aún hay jueces en Berlín”. Toda proporción guardada, algo similar acaba de ocurrir hace unos días, pues un juez de distrito de la Ciudad de México y una colega suya de Guanajuato hicieron eco de los justos reclamos ciudadanos y emitieron sendas sentencias declarando la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior.

En una subsecuente entrega examinaremos los argumentos puntuales que fueron utilizados a fin de arribar a tan trascendentales decisiones. Por lo pronto basta decir que los juzgadores fueron coincidentes en el hecho de que, conforme al artículo 129 constitucional, en tiempos de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más atribuciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina castrense; lo que impide destinar a las fuerzas armadas a labores inherentes a la seguridad pública, las cuales, además, por mandato expreso del artículo 21 de la carta magna solo pueden ser desarrolladas por autoridades de naturaleza civil.

Ambos fallos sin duda fueron producto de la calidad de los razonamientos vertidos en las demandas de amparo. Sin embargo, la masa crítica del éxito provino de las severas críticas formuladas por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el exrrelator sobre la Tortura, el exrrelator sobre las Ejecuciones Extrajudiciales, el Comité contra las Desapariciones Forzadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la CNDH, el INAI, las comisiones estatales de derechos humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, el colectivo Seguridad sin Guerra, los doctores en derecho, el sacerdote Alejandro Solalinde y Miguel Álvarez, recipiendario del Premio Nacional de Derechos Humanos 2017.

Los juzgadores fueron coincidentes con el sentir expresado por el Alto Comisionado al rendir su  informe  anual  ante el Consejo de Derechos Humanos: “No cumple con los estándares internacionales de derechos humanos, tampoco ofrece garantías ni considera una supervisión adecuada. Yo, respetuosamente, le pido a la Suprema Corte de Justicia que invalide la nueva Ley de Seguridad Interior, tal como lo han solicitado algunos sectores como la CNDH”.

Afortunadamente la Ley de Seguridad Interior está herida de muerte. Pero no hay que ser ingenuos. Para ayudarla a bien morir es menester exigir al Congreso de la Unión, al presidente de la república, a la PGR y a los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina que no impugnen esos importantes pronunciamientos judiciales. Asimismo, es menester conminar a los ministros del máximo tribunal a que declaren la invalidez total del ordenamiento que más rechazo y repulsión ha suscitado a lo largo de la historia parlamentaria de nuestro país.