De acuerdo con sus atribuciones constitucionales, el Consejo General del INE decidió retirar el registro al partido Encuentro Social y al partido Nueva Alianza, en virtud de que dichos institutos políticos, en la última elección, no alcanzaron el 3 por ciento de la votación válida emitida en ninguna de las elecciones federales: ni en la presidencial, ni en la elección para diputados, ni tampoco en los comicios para senadores.
Esta decisión, sujeta a la resolución final del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es correcta pero incompleta, porque el párrafo cuarto de la fracción I del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que no se trata de alcanzar el 3 por ciento en todas las elecciones, sino en cualquiera de estas, por lo que bastaría “una” para que se determine la pérdida del registro de un partido. Este es el caso concreto del PRD cuyos resultados electorales son del 2.8703 por ciento para la presidencia; del PVEM con una votación de 1.8046 por ciento para la presidencia; y de Movimiento Ciudadano cuya votación es de 1.7794 por ciento también para la presidencia. De acuerdo con los datos de la página del INE.
Asimismo, la propia Ley General de Partidos Políticos, reglamentaria del artículo 41 constitucional, señala en su artículo 94, incisos b) y c), como causa de pérdida de registro de un partido político el no obtener por lo menos 3 `por ciento de la votación válida emitida “en alguna” de las elecciones federales ordinarias para diputados, senadores o presidente. Por lo tanto, es francamente inexplicable que el Consejo General del INE no haya procedido a aplicar la norma constitucional y reglamentaria a los partidos señalados anteriormente, aplicándola solamente a los partidos Encuentro Social y Nueva Alianza que no obtuvieron 3 por ciento “en ninguna” de las elecciones.
Si se sujeta correctamente a la norma, en realidad solo Morena, PAN, PRI y PT serían los únicos partidos reconocidos formalmente.
El Consejo General del INE decidió multar al PAN, PRI y PRD por diferentes razones; lo que llama la atención es la multa a Morena de 197 millones de pesos. Al parecer la decisión del INE tiene un sólido sustento jurídico; sin embargo, su determinación estará sujeta a la instancia superior del Tribunal Electoral.
Estos hechos han rebasado las simples decisiones que pueden ser correctas o no, pero que de ninguna manera merecen la andanada vulgar y desenfrenada del nuevo presidente virtualmente electo, quien utiliza una actitud y un lenguaje que no corresponde a su próxima investidura, y que lo colocan como un protagonista de la arena política, en la que ya no está. Su posición debe ser de serenidad y de respeto para las instituciones; si no está de acuerdo con la resolución, tendrá el camino de la impugnación jurídica, pero de ninguna manera de la agresión pública y violenta ante el pueblo. Así no puede caminar el país, la nación requiere de respeto y de serenidad frente a su marco jurídico e institucional.
No se trata de defender al INE o a su Consejo, sino condenar el lenguaje abrupto, agresivo y majadero con el que actúa quien debe mantener, por patriotismo, las normas del equilibrio nacional.