Tonatiúh Medina Meza

En sesión de Consejo General del Instituto Nacional Electoral, Morena fue multado por la creación del multicitado fideicomiso Por los demás, el cual tenía como finalidad otorgar ayuda financiera a los damnificados por el sismo del 19 de septiembre de 2017; la autoridad electoral abiertamente comentó que no era una buena solución, sin embargo, el ahora presidente electo insistió y su partido, militantes y simpatizantes apoyaron la idea.

El resultado es de todos conocido, una queja del PRI destapó lo que el INE ha calificado como una “ilegal triangulación de recursos”; la reacción de Morena ha sido previsible, polarización en los medios y uso de su legítimo derecho de asistir al máximo órgano de impartición de justicia electoral, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Más allá de la construcción de los alegatos construidos por el Movimiento, hoy día es sabido que Porfirio Muñoz Ledo ha organizado un famoso, privado y nunca bien comprendido “alegato de oídas” con cuatro de los siete magistrados; en caso de haberles convencido técnicamente tendrían mayoría simple para no ser sancionados. ¿Qué repercusiones tendría una resolución absolutoria? ¿Qué resultado derivaría de un fallo que perdone la multa impuesta por el INE?

El ejercicio y construcción del derecho electoral en México es lo más parecido al derecho consuetudinario norteamericano, cada caso resuelto hereda un criterio, orientador en el juicio y animo de la autoridad administrativa y del juzgador, obligatorio cuando se trata de jurisprudencia. Dada la vitalidad y flexibilidad de la materia, día a día nacen nuevos criterios, los cuales no pueden ser ignorados, en el litigio o en la proyección de sentencias.

Los juicios que se puedan hacer sobre la credibilidad y la confianza de la ciudadanía al sistema nacional electoral no son menores, sin embargo, lo que está en juego es la viabilidad de la Unidad Técnica de Fiscalización y la transformación, negativa sin duda, del modelo de fiscalización del ingreso y el gasto que impacta a los partidos políticos.

Contrario a lo que argumenta la representación de Morena ante el Consejo General del INE, la ingeniería institucional de la Unidad Técnica de Fiscalización permite romper legalmente con el secreto bancario, fiduciario y fiscal, principios que defendieron a capa y espada los exconsejeros electorales Jaime Cárdenas y Jesús Cantú para que el Instituto Federal Electoral, pudiera ir a fondo y multar al PRI por el caso Pemexgate.

Una sentencia absolutoria a la multa impuesta al Movimiento de Regeneración Nacional crearía un criterio que simplemente nulificaría el principio básico por el cual fue creada la UTF.

En la historia moderna de este país y de nuestra democracia, muchas de las elecciones se encuentran tocadas por la desconfianza que genera el haber conocido mecanismos paralegales de captación de capital y gasto operacional, encabezar una investigación a futuro le sería prácticamente imposible tanto a la unidad como a la Comisión de Fiscalización y por ende al Consejo General del INE.

Igual de preocupante sería modificar el modelo de fiscalización, pues implica que cualquier partido político podría conformar fideicomisos tanto públicos como privados, especialmente ahora que se pretende disminuir severamente la fórmula de asignación del tope de financiamiento público.

En el mismo sentido la UTF, la Comisión de Fiscalización, el INE en su totalidad se encontrarían impedidos para calificar un centavo como “sospechoso”; figuras como el lavado de dinero, triangulación y compra directa del voto difícilmente podrían ser señaladas por la autoridad y, por ende, cualquier multa o castigo podría ser fácilmente recurrido para su cancelación.

Desafortunadamente la autoridad impartidora de justicia se encuentra brutalmente presionada, sería deseable que no cedan, es mucho lo que un futuro fallo absolutorio pondría en juego.

@DrThe