En artículos precedentes hicimos referencia al proyecto gubernamental denominado “Sitios de Memoria: Verdad, Memoria, Justicia, Reparación y no Repetición”, cuya acción primigenia  fue la transformación de los antiguos separos de la temible Dirección Federal de Seguridad, ubicados en la calle Circular Morelia 8, en el Memorial a los Desaparecidos de la Guerra Sucia. Al respecto, destacamos que, dada su indiscutible trascendencia, esta noble y plausible iniciativa amerita ser elevada a la categoría de ley de la memoria histórica. Así, en forma definitiva y con plenitud de legitimidad jurídica y política se sentarían las bases para llevar a cabo la restitución de la dignidad de las víctimas  del terrorismo de Estado y la instrumentación de políticas públicas que permitan la recuperación y transmisión de la memoria histórica individual y colectiva.

Entre otros aspectos, en dicho texto legislativo tendría que reconocerse la condición radicalmente injusta y antijurídica de las sentencias condenatorias emitidas en contra de quienes sufrieron represión, tortura y privación ilegal de la libertad. Ahí también sería menester desarrollar los lineamientos para el otorgamiento de las reparaciones integrales a las que tienen derecho las víctimas y sus familiares conforme a los estándares jurisprudenciales fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En ese sentido, sin lugar a dudas el caso más emblemático es el de los líderes históricos del heroico Movimiento Estudiantil de 1968. A Raúl Álvarez Garín, Félix Hernández Gamundi, Ana Ignacia “Nacha” Rodríguez, Roberta “Tita” Avendaño y 64 personas más les fueron impuestas infames penas privativas de libertad, emanadas de  juicios en los que el control de las actuaciones y resoluciones del juez de la causa penal estaba en manos de la Procuraduría General de la República, esto es, la contraparte procesal de los acusados. La abominable patología de la criminalización de las víctimas se hizo patente en la forma más aberrante posible. Ello conllevó la perversión de la verdad histórica y el tendido de un velo de impunidad en favor de los criminales que concibieron, planearon, ejecutaron y encubrieron el execrable genocidio de Tlatelolco.

Reconocer la magna injusticia y la total oposición a las vigas maestras del Estado Constitucional de Derecho que acusan esos vergonzosos fallos es perfectamente posible a la luz de la experiencia comparada y de los métodos interpretativos provenientes de la novedosa corriente doctrinaria de la argumentación jurídica. Las sentencias resultantes de procesos espurios o apócrifos caben en el ámbito de aplicación material del principio general de derecho que preconiza: “La injusticia extrema no es derecho”.

Baste señalar que el 1º de septiembre de 1988 el parlamento alemán emitió una ley que invalidó las sentencias emitidas por los jueces adictos al régimen nazi-fascista de Adolfo Hitler. A su vez, el 26 de diciembre del 2007 el órgano legislativo del reino de España aprobó la Ley 52/2007 en la que se establecen medidas para quienes padecieron violencia durante la guerra civil o la dictadura franquista, incluyendo el reconocimiento de la invalidez de las condenas correspondientes.

El derecho humano a la memoria histórica es de naturaleza expansiva, lo que quiere decir que habría muchas más acciones por emprender en el marco de la propuesta de ley de la memoria histórica, a saber: I) revocar los acuerdos emitidos por las cámaras de Diputados y de Senadores, respectivamente, en los que se determinó que los sucesos del 2 de octubre de 1968 fueron acordes a la legalidad; II) revertir los acuerdos presidenciales en los que se otorgaron condecoraciones y otras canonjías a los mandos militares que participaron en tan horrendo crimen de lesa humanidad en virtud de “haber demostrado valor y haber repelido una agresión en un acto de guerra”; III) eliminar el nombre de los que tramaron esa y otras barbaridades en la denominación de calles, colonias, escuelas, etc.; IV) revisar los textos escolares y la doctrina militar con el fin de reflejar la verdad sobre tales acontecimientos y la intervención que tuvieron los miembros de las fuerzas armadas.

Alejar del olvido a las víctimas de atrocidades sin nombre, especialmente a quienes cayeron en la lucha por la libertad y la justicia, además de un acto de elemental gratitud, es uno de los caminos que es preciso transitar para no correr el riesgo del extravío de la identidad colectiva.