Entrevista a Mario Ignacio Álvarez Ledesma, titular INDEPAC

Y el escándalo de la ampliación de la gestión del gobernador electo en Baja California de dos a cinco años apenas comienza, en los próximos días habrá que ver el curso de la acción de inconstitucionalidad que planean interponer los partidos de la oposición, así como diputados y senadores.

El doctor Mario Ignacio Álvarez Ledesma, Director General Académico del Instituto Nacional de Estudios Superiores en Derecho Penal (INDEPAC), presentó en entrevista a Siempre! Las implicaciones jurídicas que tiene la prolongación de mandato del gobernador de Baja California, Jaime Bonilla.

“Es evidente que hay una clarísima violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se da en lo particular a dos artículos de la Carta Magna del 17, el primero pues es el artículo 35, fracción primera,  que tiene que ver con el voto de los ciudadanos, el voto tiene que ser libre, auténtico y universal e informal. Los ciudadanos de Baja California eligieron un gobernador para dos años, no para cinco, por lo tanto bajo ningún procedimiento se puede modificar el periodo en virtud del cual fue electo el gobernador Bonilla. Es decir, la única manera es que los electores lo hubieran elegido era por un periodo de cinco años, no por un periodo de dos”.

Además, comentó, “se vulnera el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice que los Estados son libres en su régimen interno, y pueden hacer todas las modificaciones que sus atribuciones originales poseen, siempre y cuando estas no vulneren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que se está vulnerando, la elección se hizo por dos años, por tanto no se puede alterar esa voluntad dada por los ciudadanos a través de una modificación constitucional”.

Mario Ignacio Álvarez Ledesma, titular INDEPAC

Adicionalmente apuntó, “hay un precedente, la acción de inconstitucionalidad 39/2006, esto quiere decir que el pleno de la Suprema Corte de Justicia tiene facultades de las acciones de inconstitucionalidad,  ya que estas pretensiones de modificar la ampliación de los plazos determinados en una elección, son inconstitucionales.  Insisto, las acciones de inconstitucionalidad que se vayan a interponer es muy probable, casi es seguro, van a tener éxito en el pleno de la Corte”.

Aunque no consideró si hubo compra de votos, manifestó: “lo que resulta extraordinariamente extraño, es que sin tener el partido MORENA —al que pertenece el gobernador—, la mayoría calificada que necesita en el Congreso local para modificar la Constitución, extrañamente la haya obtenido muy  rápidamente y no solo eso, porque las modificaciones a la Constitución local tienen que ser también votadas por la mayoría de los municipios de la entidad en cuestión, por ello sorprende que a la velocidad del rayo, cuando los cabildos son generalmente muy lentos en su proceder, hayan aprobado con celeridad ésta modificación constitucional”.

 

A pregunta sobre la forma en se vulnera el orden republicano y democrático conforme a la Constitución, Álvarez Ledesma señaló de acuerdo a lo que establece el artículo 41 de nuestra Constitución, “que es muy clara y señala que dado que estamos en un sistema de naturaleza federal, los estados pueden llevar a cabo todos los cambios y modificaciones de su régimen interno para los que estén facultados”.

Hay que recordar, agregó, que las facultades originarias las tienen las entidades federativas, no la federación, ésta  solamente tiene aquellas facultades que expresamente la Carta Magna Federal les otorga, en éste caso los estados pueden modificar esas Constituciones cuantas veces quieran y como quieran, pero tiene un límite definido en el artículo 41, de que no podrán hacer modificación alguna que vaya en contra del Pacto Federal, en contra de disposición de la Constitución.

 

Son muchas las violaciones legales en este tema, como explica nuestro entrevistado, tanto a la norma electoral como a la Constitución mexicana.

 

El abogado se refirió a la desaparición de poderes como lo ha señalado Porfirio Muñoz Ledo y a la inhabilitación de Jaime Bonilla, enfatizó: “no, por supuesto que no, me parece, con todo respeto a las opiniones del señor Muñoz Ledo, que es una medida excesiva y abusiva del Senado. Si se quiere proceder en ese tenor porque el camino es más sencillo, lo que tienen que hacer quienes estén facultados para ello –la Cámara de Diputados Local y la Cámara de Diputados Federal–, de interponer una acción de inconstitucionalidad en contra de esa modificación a la Constitución local, que está previsto en el artículo 105 de la Carta Magna federal.

Lo importante, indicó, promover la acción de inconstitucionalidad, de la Suprema Corte, quien seguramente decidirá que es inconstitucional. Me atrevo a decirlo, reiteró, porque ya hay un precedente del año 2006, la acción de inconstitucionalidad 39/2006 y sus acumulados 40/2006, donde el pleno de la Corte, claramente dijo que es inconstitucional modificar el periodo de encargo por el cual fue elegido un ciudadano para un cargo de elección popular, ergo la acción es inconstitucional”.

Es excesiva la desaparición de poderes, “porque es evidente que tienen poderes abusivos los legisladores  bajacalifornianos, me queda claro y probablemente corruptos, pero existen y están funcionando, además entrarán en funciones nuevos diputados y un nuevo gobernador; la entidad está funcionando, y no se cumplen los extremos de la Ley reglamentaria”.

“La desaparición de poderes está regulada por la fracción quinta del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción que tiene una ley reglamentaria  que se publicó cuando era presidente José López Portillo, y establece requisitos muy precisos para los casos en los cuales el Senado de la República, pueda declarar la desaparición de poderes y me parece que en los supuestos de esa Ley no encuadra lo que está pasando en Baja California”, aseguró el abogado.

“Este intento por vulnerar el voto de los ciudadanos de Baja California me parece gravísimo, los que son de la edad del pleistoceno son los gobernadores y los diputados de Baja California, los trogloditas, porque no se explica que algunos sean abogados, no sé dónde habrán obtenido su título. Que una acción de este tipo tan evidentemente ilegal e inconstitucional, haya sido aprobada por el voto de estos diputados, que van a pasar a la historia como diputados por extremadamente ignorantes, abusivos y probablemente corruptos”.