Entrevista  a Francisco Burgoa y Fernando Ojesto, constitucionalistas de la UNAM

 

Después de una primera resolución de la Comisión de Justicia de MORENA, que anulaba el procedimiento para elección de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, el Tribunal electoral determinó que un órgano interno del partido, no tiene el marco legal para resolver en torno a la Mesa Directiva de una instancia del Poder Legislativo.

Así, el pasado 31 de agosto, Mónica Fernández Balboa, del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), fue electa –con 110 votos a favor de unos 113 emitidos en secreto–, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, para el periodo constitucional correspondiente al segundo ejercicio de la LXIV Legislatura. En su discurso, agradeció el voto a su favor y se comprometió a encabezar una presidencia austera.

Rindió protesta ante el pleno, en ausencia de Martí Batres, presidente saliente del Senado, quien abrió esta sesión, votó y se retiró de inmediato, luego de que impugnó la elección de su compañera al interior de su fracción parlamentaria desde el primer día, el pasado 19 de agosto.

Sobre los conflictos que se han presentado en las Cámaras y el manejo legislativo que se ha dado, el constitucionalista y académico de la UNAM, Francisco Burgoa Perea, en entrevista a Siempre! manifestó que les guste o no a los críticos, Morena tiene el mayor número de legisladores en ambas cámaras. Recordó que la Ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que data de 1999, establece los procedimientos generales para la integración y elección de los integrantes de las Mesas Directivas del Congreso. Se establecen de forma independiente cómo se va a llevar a cabo la elección de una y de otra. El Presidente de la República, explicó, no interviene dentro del proceso legislativo, el marco jurídico del Congreso. Aunque sea una Ley el jefe del Ejecutivo no tiene injerencia vía una facultad de ejercer el derecho de veto, de formular observaciones no interviene, es una facultad que corresponde exclusivamente a ambas Cámaras del Congreso. Este miércoles 4 de septiembre lo constatamos, dijo, en el caso aprobado en Diputados para modificar este procedimiento de la elección de la mesa directiva, que tendrá vigencia a partir de la legislatura próxima, del primero de septiembre del año 2021. “Se tendrá que enviar al Senado que igualmente deberá discutirla, aprobarla, y en su caso enviarla para su publicación en el Diario Oficial para que surta sus efectos legales”.

Francisco Burgoa

Por otra parte el académico afirmó que el hecho de que el Presidente se reúna con legisladores de su partido, es un ejercicio democrático sano, aunque sería estupendo que esta reunión la pudiera tener con todos los legisladores.

El constitucionalista agregó que sería muy positivo reformar el artículo 69 de la carta magna, para devolver la obligatoriedad de que el presidente asista en la apertura del periodo ordinario de sesiones, y que en el marco del informe presidencial, el titular del Ejecutivo Federal, responda las interpelaciones y preguntas que la oposición le pudiera dirigir en su momento. Consideró necesario un diálogo permanente  entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, donde la oposición pueda tener una participación real. “Se necesita que exista una oposición firme, sólida, que sea un contrapeso al ejercicio del Poder Público, y ahí es donde hace falta que la oposición pueda tener una presencia real, en términos de ser una oposición respecto del actual gobierno de México”.

Burgoa Pereda, manifiesta que el  presidente de la República junto con su partido, realizan  reformas que le van a dar un soporte legal a este gobierno. Tal es el caso de la Ley de Austeridad Republicana, que va en congruencia con el presidente desde que inició su mandato, tener un gobierno totalmente austero.

Todo presidente, enfatiza, quisiera tener el control absoluto en ambas cámaras, esto lo tuvo el PRI Institucional hasta 1999. A partir del año dos mil, señala, inició la era de la alternancia en el poder, y de los gobiernos divididos donde el presidente en turno, no contaba ya con la mayoría en las cámaras del Congreso, eso les pasó a Felipe Calderón y a Peña Nieto, aunque al inicio de sexenio de este último se realizó el Pacto por México y a partir de ahí se llevaron a cabo distintas reformas estructurales. “No se veía en el futuro inmediato que un presidente pudiera lograr la mayoría absoluta en ambas cámaras del Congreso. Sabemos que vivimos una elección participativa e inédita, desde el punto de vista que la ciudadanía decide entregarle al presidente un voto de confianza al darle la mayoría en ambas cámaras”.

Ahora, señala,  la Cámara de Diputados va a tener su primer “aduana” por así decirlo, en las elecciones del 2021, para saber si se va a continuar con esta mayoría absoluta en la Cámara de Diputados o no, considerando que los diputados son electos por un periodo de tres años, cosa distinta en el caso del Senado, que son por seis años. “Hay que tener en cuenta  que hoy el grupo parlamentario de Morena aún con sus aliados del Partido del Trabajo, Partido Encuentro Social, e incluso el Verde, que en los hechos se ha visto como un aliado, en el caso de la Cámara de Diputados si cuentan tanto con la mayoría calificada que son las dos terceras partes, y con la mayoría absoluta, no tiene ningún problema para aprobar las reformas que quieran; sin embargo en el Senado no les alcanza para la mayoría calificada. En términos de lo que son las reformas al marco jurídico en general, MORENA con sus aliados puede aprobar todo lo que quiera, pero tratándose de las Reformas Constitucionales, solo puede ejercer esa aplanadora en Diputados. Dijo que en el Senado debe haber una construcción de acuerdos: “En este sentido Ricardo Monreal  ha hecho un buen  trabajo para conciliar las diferentes posiciones, y que se puedan ir aprobando las Reformas a la Constitución”.

El Constitucionalista reiteró que una oposición seria, responsable y fuerte  a todos nos conviene, estemos o no a favor del gobierno de México, permitirá que los procesos democráticos en las discusiones de las leyes y reformas constitucionales, puedan tener una mejor discusión, un mejor análisis, que se haga uso de esa figura que tenemos en el Poder Legislativo que es el Parlamento Abierto, que se abran las puertas  en términos reales, para que  ciudadanía, academia y especialistas vayan a las Cámaras a expresarse y los legisladores puedan escuchar, de forma seria.

 

Artículo 83, la “No Reelección”

Manifestó que la reelección es un tema del que nos cuesta mucho trabajo hablar a los mexicanos por la historia del país, hubo mandatarios como Antonio López de Santa Anna que se reeligió en diversas ocasiones o el caso de Porfirio Díaz quien permaneció 31 años en el poder. Álvaro Obregón, abundó, iba a ser el primer presidente de seis años de 1928 a 1934, pero cuando celebraba su triunfo en un restaurante de La Bombilla lo asesinaron. En 1933, se reforma el artículo 83 para quedar en los términos que hoy vemos, que establece que aquella persona que haya ocupado el cargo de Presidente de la República con cualquier carácter de interino, sustituto, ó provisional, por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese cargo, es el principio de la no reelección absoluta, “¿hipotéticamente se podría reformar el artículo 83 para permitir la reelección consecutiva del Presidente? Sí, responde, si el Congreso de la Unión por el voto de las dos terceras partes lo aprueban, más las mayorías de las legislaturas de los estados, es decir son 32 legislaturas, al menos 17, y a partir de ahí se podría reformar la Constitución”.

Francisco Burgoa enfatiza: “Quiero creer en lo que el presidente Andrés Manuel López Obrador ha dicho, en el sentido de que él de ninguna manera piensa ni quiere tener la reelección, él ha creado la figura de la revocación de mandato y la oposición no la quiere aprobar”.

 

Modificar artículo 40 una República Federal.

Por otra parte el Catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, Fernando Ojesto Martínez Manzur, manifestó que ser una República federal compuesta por estados libres y soberanos, tal y como lo contempla el 40 constitucional, fue una decisión fundacional del Congreso Constituyente de 1917.

Existe, mencionó,  un debate entre facultades que corresponden al Constituyente original de 1917, que no se delegan al Constituyente Permanente, lo cual es un debate teórico sin que tenga una reglamentación jurídica.

Fernando Ojesto

El catedrático opinó que  para hacer un cambio de régimen a centralista, no bastaría con reforma constitucional, ya que son fundamentos del Estado mexicano ser una República Representativa, Democrática, y Federal, por lo tanto es voluntad del pueblo tener ese régimen. Para hacer un cambio tan trascendental, se tendría que convocar a un Congreso Constituyente originario, que tenga el mandato de discutir sobre las bases fundamentales del Estado mexicano  y se reformara el régimen a uno centralista con una nueva Constitución.

Sin embargo desde el punto de vista jurídico, dijo, no están limitadas las facultades del Constituyente permanente, y bajo el Principio de lo que no está prohibido está permitido, y al no existir disposición expresa que lo limiten, bajo el procedimiento de reforma constitucional que estable el 133 de la Carta Magna, se podría hacer una reforma al artículo 40 constitucional.

El Catedrático enfatizó que hasta hoy, no existen iniciativas que propongan cambiar el régimen, pero con la inclusión de los superdelegados en las entidades federativas, así como la propuesta de reforma electoral de eliminar a los organismos públicos electorales locales, para que sea el INE el que organiza también las elecciones a nivel local, debilitan el federalismo mexicano, el cual siempre se había procurado fortalecerlo y no debilitarlo.

Fernando Ojesto agregó que la instauración del federalismo mexicano, ha costado mucho a nuestro país y es por ello qué hay que protegerlo desde la Constitución; reiteró que es voluntad popular ser una federación.

Respecto a la no reelección señaló que es un principio histórico y fundacional del estado mexicano “recordemos que fue uno de los estandartes de la revolución mexicana, ‘sufragio efectivo no reelección’, y por lo tanto entraría en el mismo caso del congreso constituyente.  Sin embargo, apuntó podría haber una reforma constitucional al 83, y poder extender o quitar el límite de la reelección”.

El Académico de la UNAM, afirma que si en algún momento llegara a pasar alguno de los supuestos anteriores de cambiar el régimen, o eliminar el principio de la no reelección, en su opinión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siendo la protectora de la Constitución y de los principios en los que se funda, tendría que actuar como un contrapeso y realizar un control de constitucionalidad, restableciendo el estado de derecho.

Ojesto, manifestó que al  ser un hecho inédito, seguramente estos temas causarían un gran debate en el seno del Legislativo, a nivel local y sobre todo en la opinión pública.  Hasta el momento dijo, ese debate aún no está presente y esperemos que así siga por el bien de la República.