El tema recurrente de la semana pasada fue el de las protestas femeninas que se dieron en muchos países de occidente y, en menos grado, en algunos de oriente.
Una de las formas en que se manifestó el descontento femenino fue en las universidades, escuelas y centros educativos particulares.
En general las universidades públicas, tal vez por contar con una gran población estudiantil, no tuvieron esa forma de protestar de las estudiantes o, si las hubo, pasaron desapercibidas.
En las protestas femeninas que hubo en las universidades, escuelas e instituciones privadas hubo de todo; salieron a la luz pública viejos y nuevos agravios; se habló de agresiones físicas o verbales dentro y fuera de los campus universitarios. Por un momento las autoridades universitarias se vieron rebasadas; como no había precedentes, reaccionaron en forma equívoca o contradictoria. No supieron que hacer.
Las que promovieron las protestas feministas en general y las que se dieron en los centros educativos privados, tuvieron mala suerte; de ser un tema que merecía estar en primera plana durante más tiempo, pronto pasó de moda; el COVID-19 desplazó la atención del público; ante la emergencia ese tema parece remoto y de segundo nivel.
Por virtud de la emergencia se han cerrado, hasta nuevo aviso, los centros universitarios con problemas con su población femenina.
En las protestas y en las cartulinas hubo equívocos y excesos:
Algunas de sus autores pretenden que las instancias universitarias conozcan de ilícitos cometidos fuera de los campus de las universidades o escuelas, bajo el argumento de que la víctima y el victimario son miembros de la comunidad estudiantil. Quienes formulan esa demanda desconocen:
Que la condición de universitario no es un estatuto personal que siga a los estudiantes en todos los lugares donde ellas se encuentren;
Que si se trata de hechos constitutivos de delitos, las competentes para conocer de ellos son las del fuero común.
Si los ilícitos se cometieron dentro del campus universitario, a lo que sus autoras pueden aspirar es a que las instituciones educativas, a través de sus abogados, formulen las denuncias correspondientes. En el caso, nada puede sustituir la acción de la víctima.
Otras de las protestas están encaminadas a exigir a la autoridades universitarias castiguen a los responsables de supuestos ilícitos cometidos hace meses, que lo hagan sin aportar pruebas y sin audiencia del acusado. Es evidente que aquellas carecen de competencia para hacerlo
En lo que sí tienen razón, es procedente se abra una investigación y necesaria una una sanción. En los casos en que la autoría de los ilícitos es atribuible a un profesor, catedrático o investigador dentro del campus universitario o por virtud de una relación originada en las aulas y conductas realizadas dentro de ellas. En este supuesto se deben agotar los derechos de audiencia y defensa del inculpado. Nada indica que en estos supuestos no sea aplicable la presunción de inocencia del acusado y que quien acusa debe probar sus dichos.
Todo indica que el linchamiento público en ningún caso es una vía para impartir justicia, muchos menos en las universidades y centros educativos.
Tuvieron suerte los rectores, directores y autoridades de los centros educativos privados, la oportuna aparición del COVID-19, difirió el conocimiento del conflicto y, en el mejor de los casos, lo enfrió o solucionó.