La Suprema Corte de Justicia, en sesión pública transmitida por “Justicia TV”, después de un riguroso proceso de selección, integró las ternas para el nombramiento de Magistrados(as) Electorales de Salas Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF), que por término del encargo, se encuentran vacantes.
Recordemos que el Poder Judicial Federal se deposita, por tres órganos cupulares: La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal. El Tribunal Electoral, actualmente, además de la Sala Superior, está constituido por una Sala Especializada y cinco Salas Regionales que tienen su sede en la ciudad designada como cabecera de cada una de las circunscripciones plurinominales en que se divide el país, conforme al artículo 53 de la Constitución.
La Sala Superior y la Sala Especializada de dicho tribunal, se integran respectivamente, de siete y tres magistrados(as), nombrados en forma escalonada, en ternas que propone la Suprema Corte al Senado quien de entre ellas efectúa los nombramientos. Ambas Salas tienen su sede en la Ciudad de México. La competencia de la Sala Superior es resolver de manera definitiva e inatacable, con excepción de las Acciones de Inconstitucionalidad en esta materia que corresponden a la Corte, las impugnaciones que en materia electoral se realicen en contra de las autoridades electorales, antes, durante y en la calificación de éstas, sean federales y en los casos señalados en la ley, respecto de las elecciones locales, así como, mantener el respeto a los derechos ciudadanos, entre otras. Y la de la Sala Especializada tiene como función resolver a la brevedad posible los procedimientos especiales sancionadores y generar certeza jurídica en el proceso electoral.
Las Salas regionales se conforman por tres magistrados(as), con el fin de descentralizar la justicia electoral con competencia en esta materia, dentro de su circunscripción, que corresponde al área geográfica integrada por un grupo de entidades federativas que sirve de base para la elección de 200 diputados y 32 senadores, denominados plurinominales, electos por el principio de representación proporcional.
Su circunscripción se encuentra en las siguientes ciudades de la República Mexicana a cuya jurisdicción corresponden los siguientes estados, respectivamente: 1ª. Sala Guadalajara: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora; 2ª. Sala Monterrey: Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; 3ª. Sala Xalapa: Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán; 4ª. Ciudad de México: Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala; y 5ª. Sala Toluca: Hidalgo, Colima, Estado de México y Michoacán.
Los Magistrados(as) de Sala Regional duran en el cargo 9 años y son sustituidos de forma escalonada. Si un integrante deja el cargo por fallecimiento, por haber sido promovido a un puesto superior o por alguna otra razón, la sustitución definitiva se hará por el tiempo restante del nombramiento original, para conservar el escalonamiento.
Es la Suprema Corte la encargada de proponer al Senado de la República la o las ternas correspondientes a los puestos vacantes, para que el Senado realice las designaciones correspondientes. Recientemente concluyeron su encargo cinco magistrados(as) que formaban parte de cada una de las aludidas salas regionales
Cómo se ha llevado a cabo el proceso de designación?
El Pleno de la Suprema Corte Aprobó el Acuerdo 2/2022 publicado en el DOF el 17 de febrero pasado, en el que se fijaron las bases de dicha elección. En este acuerdo se convocó a las y los aspirantes que satisfagan los requisitos constitucionales y legales para ocupar el cargo.
Los interesados presentaron: Copia certificada ante Notario Público de: Acta de nacimiento, título profesional, cédula profesional y documentos que corroboren el curriculum vitae y credencial para votar. Escrito en el que manifestaron bajo protesta de decir verdad: a)si tienen alguna denuncia o queja administrativa, si es afirmativa, el estado en que se encuentra y si se ha dictado resolución el sentido; c) no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año; d) no desempeñar ni haber desempeñado cargo de presidente(a) o dirección nacional, estatal, distrital o municipal en algún partido político, o registrado(a) como candidato a cargo de elección popular en los 6 años inmediatos anteriores a la publicación de este acuerdo. Acreditar conocimientos en materia electoral. Ensayo de hasta 10 cuartillas que contenga su opinión sobre 2 criterios en materia electoral sostenidos por el pleno de la Corte y la Sala Superior del TEPJF.
En esta ocasión 110 aspirantes cumplieron con los requisitos precisados en la convocatoria, respecto de los cuales se otorgó un plazo de 5 días hábiles, para que el público en general pudiera manifestar observaciones y objeciones respecto de las personas enlistadas.
El 22 de marzo pasado, los Ministros de la Corte, realizaron la primera depuración curricular, mediante votación, que se llevó a cabo en sesión pública en la que seleccionaron a 30 finalistas, 15 mujeres y 15 varones. Los días 29 y 31 del mismo mes, las y los finalistas comparecieron ante el Pleno para ser evaluados en cuanto a su conocimiento.
Al concluir dichas comparecencias, Los Ministros(as) eligieron a 15 candidatos, de los cuales, a fin de ir avanzando en el camino de la paridad de género, integraron 3 ternas femeninas y 2 masculinas, para ser remitidas al Senado.
La Conformación de las ternas fue la siguiente: Guadalajara: Figueroa Salmorán Gabriela, Ruvalcaba García Gabriela y Vergara Montufar Karen; Monterrey, Cervantes Bravo Irina, López Dávila Ana Cecilia y Navarro Luna Fabiola; Xalapa, Bustillo Marín Roselia, Jiménez Castillo Elva y Quintero Rentería Ma. de los Ángeles; CDMX, Del Toro Huerta Mauricio, González Bárcena Salvador y Wong Meraz César; Toluca, Guerrero García Arístides, Trejo Osornio Luis Alberto, y Zorrilla Mateos Francisco.
De estas 5 ternas serán elegidos por el Senado de la República las 3 Magistradas y 2 Magistrados que ocuparán los cargos en cada una de las mencionadas Salas Regionales. Digno de reconocimiento es la decisión de la Corte de dar prioridad numérica a las ternas de mujeres, lo cual demuestra la convicción del Máximo Tribunal del país, en la búsqueda de la igualdad sustantiva en los nombramientos de funcionarias jurisdiccionales.
La autora es ministra en Retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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